Los temores más grandes de los conductores nacen bajo una carta certificada de Dirección General de Tráfico y de cualquier papel en blanco en el parabrisas que indique que algo mal se ha hecho y suponga una multa. Ese miedo enciende todas las alarmas de recibir una sanción económica, que se puede paliar al ver la posibilidad de abonar un importe reducido en caso de pagar en un período de 20 días. ¿Multa de ORA de 60 euros? 30 euros si se abona rápidamente. ¿200 en doble fila? Se queda en 100. Sigue doliendo pero el golpe es menor.
Sin embargo, desde hace un tiempo, la DGT ha dejado sin posibilidad de descuento por pronto pago a ciertas infracciones viales. Normalmente, esta rebaja no se aplica si se tratan de infracciones muy graves que conlleven multas de entre 500 y 20.000 euros.
Las sanciones de tráfico con las que no hay ningún tipo de alternativa para la reducción de precio son aquellos que causen daños en la carretera. Es decir, que causen desperfectos en señales de tráfico o carreteras. En este caso, el pago asciende a 3.000 euros y no se admiten descuento. Por otro lado, si el conductor no se identifica. Si la DGT no logra con el infractor del coche multado y finalmente, en el tercer caso, si se usan inhibidores de radares no se dará la posibilidad de tener una reducción del importe. En estos casos, la multa puede conllevar la pérdida de tres puntos en el carnet de conducir y además de una sanción económica que puede llegar a los 3.000 euros.
Esta última infracción está incluida en la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entra en vigor en marzo y en el que se han endurecido las sanciones por llevar uno de estos aparatos para detectar radares.