Con la llegada del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, es común que los décimos se adquieran no solo en administraciones oficiales, sino también a través de asociaciones, clubes deportivos y otros colectivos que añaden un recargo al precio oficial de 20 euros por décimo. Este incremento, que suele oscilar entre 1 y 5 euros, genera dudas sobre su legalidad.
La normativa vigente establece que la reventa de décimos con sobreprecio está prohibida y sancionada según la legislación sobre contrabando y defraudación. Sin embargo, existen excepciones para entidades que, con autorización expresa de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), pueden vender décimos a un precio superior al oficial. Estas entidades suelen ser asociaciones culturales, deportivas o benéficas que destinan el recargo a financiar sus actividades. En estos casos, el sobrecoste se considera una donación voluntaria.
Es importante destacar que el recargo no puede exceder el 20% del precio oficial del décimo, es decir, un máximo de 4 euros adicionales, situando el precio total en 24 euros. Cobrar más de esta cantidad sería ilegal y podría ser denunciado. Por lo tanto, si se adquiere un décimo por 22 euros en una entidad autorizada, este precio es legal siempre que el recargo no supere el límite establecido y se informe al comprador del destino de la donación.
Para evitar problemas, se recomienda adquirir los décimos en administraciones oficiales o, si se compran a través de asociaciones, asegurarse de que estas cuentan con la autorización de SELAE y que el recargo se ajusta a la normativa vigente. En caso de detectar prácticas irregulares, es posible denunciarlas ante las autoridades competentes.