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Confirmado por el SEPE: si trabajas en este sector puedes acceder a una prestación de 600 euros

Se trata de un gremio que sufre especialmente de inestabilidad e inseguridad económica

La ayuda puede durar hasta 120 días | Foto: Europa Press

| Palma |

En España, los profesionales de las artes escénicas, audiovisuales y la música enfrentan una inestabilidad laboral notable, con periodos de alta demanda alternados con temporadas de menor trabajo. Esta realidad compleja ha impulsado la creación de una ayuda económica específica que se focaliza en este colectivo.

Desde principios de 2025, se ha establecido una prestación extraordinaria dirigida a trabajadores del sector artístico, que busca ofrecer un respaldo financiero durante los periodos en los que se encuentran desempleados y no tienen derecho a la prestación contributiva habitual, comúnmente conocida como el paro.

Esta ayuda, popularmente denominada como el paro de los artistas, puede alcanzar un importe de hasta 600 euros mensuales durante un máximo de 120 días. Su único requisito formal, aparte de los generales para ayudas de desempleo, es pertenecer específicamente a las actividades artísticas que abarca la normativa vigente.

El objetivo fundamental es compensar la volatilidad en los ingresos que caracteriza a quienes trabajan en las artes y espectáculos. La prestación está diseñada para ser más accesible que el paro tradicional, ya que exige condiciones menos estrictas para su percepción.

Para poder optar a esta ayuda, los beneficiarios deben cumplir dos requisitos esenciales: encontrarse reconocidos en situación legal de desempleo y estar dados de alta y cotizando en el sistema de Seguridad Social español. Más allá de esto, la condición principal es estar vinculado laboralmente a las artes escénicas, audiovisuales o musicales.

Requisitos específicos para acceder al paro de artistas

Entre los criterios establecidos para obtener esta prestación especial destacan dos vías para acreditar la actividad laboral:

  • Haber estado dado de alta, con prestación real de servicios, durante al menos 60 días en los 18 meses previos a la situación de desempleo.
  • Contar con 180 días de alta en los últimos seis años anteriores a la fecha del desempleo, que pueden reflejarse tanto en esos servicios reales como en regularizaciones anuales efectuadas.

Estas condiciones permiten a muchos artistas que trabajan de forma intermitente pero constante comprobar su afiliación y prestación en periodos concretos para garantizar el acceso a la ayuda.

Cuantía y duración de la ayuda

La prestación tiene una duración máxima de 120 días, con una cuantía que equivale aproximadamente al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), es decir, cerca de 480 euros mensuales. Sin embargo, esta cifra puede elevarse hasta los 600 euros cuando se cumplen condiciones específicas.

En concreto, para alcanzar la cuantía máxima es necesario que la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos 60 días de prestación real de servicios sea superior a 60 euros. En ese caso, se concede el 100% del IPREM como pago mensual.

Beneficiarios y compatibilidades

El abanico de posibles beneficiarios no solo incluye a los artistas en sentido estricto, sino también a personal técnico y trabajadores auxiliares vinculados a las artes escénicas, audiovisuales y musicales. Esto amplía el alcance de la ayuda a la cadena completa de productores culturales.

Un aspecto relevante es la incompatibilidad de esta ayuda con otras prestaciones públicas o con empleos remunerados, ya sea trabajando por cuenta propia o ajena. Este punto busca evitar solapamientos y garantizar que la ayuda actúe como un respaldo exclusivo durante la ausencia de ingresos laborales.

Además, si un beneficiario quiere solicitar la prestación en más de una ocasión, debe esperar al menos un año entre la finalización de una ayuda y el inicio de la siguiente.

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