En España, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) no se fija como una cuantía invariable, sino que varía según la composición y las características de la unidad de convivencia. Este enfoque permite adaptar la ayuda estatal a las circunstancias económicas y sociales de las familias beneficiarias.
La clave para entender esta prestación es la llamada renta garantizada, que determina la cantidad mínima que debe alcanzar un hogar para cubrir sus necesidades básicas. Sin embargo, y aquí radica una de las particularidades del IMV en 2025, esta cuantía puede incrementarse mediante tres complementos específicos. Un funcionario de la Seguridad Social, Alfonso Muñoz, ha explicado recientemente cuáles son estos complementos y cómo afectan al monto total de la ayuda.
Estas modificaciones al IMV tienen un impacto directo en la vida de miles de familias en España, por lo que conocerlas resulta fundamental para cualquier potencial beneficiario o profesional del sector social.
Renta garantizada: base para calcular el IMV
La renta garantizada es un concepto que designa un nivel mínimo de ingresos que se estipula en función del número de personas que integran la unidad de convivencia. Esta cifra se actualiza periódicamente y busca asegurar el cumplimiento de las necesidades básicas, como alimentación, vivienda y servicios esenciales.
Por tanto, el IMV representa la diferencia entre esa renta garantizada y los ingresos que realmente percibe la familia. Si los ingresos netos totales alcanzan o superan ese nivel, la ayuda no procede. Pero si no llegan, el IMV cubre ese déficit hasta ese nivel mínimo.
Esta fórmula permite que el acceso al IMV sea dinámico y personalizado, evitando un enfoque único y rígido que no reflejara las diferentes realidades sociales.
Los tres complementos que pueden aumentar la prestación
Aunque el cálculo base varía con el tamaño y características generales de la unidad familiar, el IMV cuenta con tres complementos que pueden incrementar considerablemente la cuantía total. Estos complementos atienden a situaciones específicas y requisitos establecidos por la legislación vigente en 2025.
1. Complemento por discapacidad: Esta ayuda se concede cuando uno o más miembros del hogar cuentan con un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 65%. En tal caso, la cuantía total del IMV se eleva en un 22% adicional sobre la base de la renta garantizada. Esta medida reconoce las dificultades sociales y económicas mayores que enfrentan estos hogares, incluyendo gastos extras asociados al cuidado y adaptación.
2. Complemento por monoparentalidad: En esta categoría se encuadran todas las unidades familiares integradas por un adulto y uno o más descendientes menores, llegando hasta el segundo grado de parentesco. No importa si el progenitor es padre o madre, lo que define esta situación es la ausencia de otro progenitor adulto en convivencia. Si se cumplen estos requisitos, el IMV se incrementa también en un 22% de la renta garantizada individual, reconociendo las responsabilidades dobles que asume un único adulto con menores a cargo.
3. Complemento de ayuda a la infancia: Este complemento va dirigido a unidades de convivencia que incluyen a menores de edad. El importe varía según la edad del menor:
- Menores de 3 años: 115 euros al mes
- Niños de entre 3 y 6 años: 80,50 euros mensuales
- Menores entre 6 y 18 años: 57,50 euros por mes
Este suplemento busca cubrir necesidades específicas de la infancia y facilitar la crianza en condiciones dignas, compensando gastos en alimentación, educación y salud.
Plazo y condiciones de percepción de los complementos
Un aspecto relevante que ha subrayado Muñoz es la preservación del derecho a recibir estos complementos hasta un plazo fijo del calendario anual, concretamente hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto se mantiene, incluso si dejan de cumplirse las condiciones que justificaron la concesión de esos complementos.
Por ejemplo, si un hijo cumple la mayoría de edad en mayo de 2025, la ayuda relacionada se mantendrá vigente hasta final de año, sin interrupciones. Esta regla ha sido pensada para aportar estabilidad económica a los beneficiarios, evitando variaciones bruscas en el importe mensual.
Se trata de una garantía adicional dentro de la gestión de prestaciones sociales, que busca mitigar posibles dificultades financieras derivadas de cambios inmediatos en la situación familiar.