La Lotería de Navidad es una tradición tan arraigada que su sorteo, celebrado cada 22 de diciembre, marca el ritmo de las fiestas. Durante décadas, la imagen de los niños de San Ildefonso cantando los premios ha sido la banda sonora de esta época, incluso más popular que los villancicos o las campanadas en Real Casa de Correos de Madrid.
Pero detrás de la emoción y la ilusión, se esconde un matiz fiscal que pocos conocen. Desde el 1 de enero de 2020, cualquier premio de lotería que supere los 40.000 euros está sujeto a un impuesto que grava el importe excedente con una retención del 20%. Esto significa que, por ejemplo, un décimo agraciado con El Gordo, que entrega 400.000 euros, queda gravado en 360.000 euros, con una retención inicial de 72.000 euros que retira Hacienda en el momento del cobro. Por lo tanto, el beneficiario recibe unos 328.000 euros netos.
Ante esta situación y la alta cuantía en juego, han surgido servicios en el sector privado que ofrecen soluciones a los jugadores para minimizar el impacto fiscal. Sin embargo, estas alternativas requieren un análisis profundo para comprender sus limitaciones y condiciones.
Servicios privados para asegurar el impuesto del premio de Lotería
El llamado truco legal para evitar que Hacienda se quede con el 20% no es más que el ofrecimiento de pólizas específicas vinculadas a cada décimo comprado. Plataformas como Laguinda o Seguropordías proponen a los usuarios contratar un seguro por apenas unos euros (en el caso de Laguinda, tres euros para el sorteo de Navidad) que cubre la parte que Hacienda se queda como retención fiscal.
Funcionan de forma sencilla: antes del sorteo, el jugador debe descargar la app correspondiente, fotografiar el décimo, escanear el código de barras y contratar la póliza. Si su boleto resulta premiado con más de 40.000 euros, la empresa asegura el importe correspondiente a la retención del 20%. Así, en caso de victoria, el beneficiario puede recuperar esa retención inicialmente retenida por Hacienda.
Un ejemplo real se produjo en 2023, cuando un usuario logró cobrar íntegramente el premio del Gordo gracias a este seguro, algo nunca antes registrado. No obstante, esto no implica que el beneficiario quede exento de obligaciones fiscales, sino que recibe un apoyo financiero para compensar el pago adelantado del impuesto.
Funcionamiento y limitaciones de la cobertura fiscal
Es importante aclarar que esta modalidad no garantiza que el ganador se libre completamente de complicaciones con Hacienda. Tras cobrar el importe descontada la retención, el beneficiario debe seguir el proceso habitual: acudir al banco para obtener la documentación oficial de retenciones y facilitarla al seguro para que realice la devolución.
Además, el dinero recibido por esta vía es considerado una ganancia patrimonial y, por tanto, debe ser declarado en la renta del ejercicio fiscal siguiente, lo que puede generar un pago adicional dependiendo del perfil personal y la cuantía final. Laguinda recalca que pese a ello, el importe que finalmente paga el ganador como tributación extra será inferior al 20% inicial del premio.
Por tanto, aunque se perciba en primera instancia como un modo para no pagar esas retenciones, en realidad el servicio funciona como una especie de póliza para adelantar ese coste, poniendo liquidez en manos del premiado cuando más lo necesita, sin evitar el deber tributario final.
Menorquín viajeroNada! jajajaja como siempre todo el mundo sale ganando, menos tu el contribuyente ! jajajaja