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Aviso urgente del SEPE: si has cotizado en estos países puedes acceder al subsidio de mayores de 52 años

Convenios bilaterales y europeos permiten computar cotizaciones previas, aunque no en todos los casos

La mayoría de países europeos permiten la conmutación | Foto: Europa Press

| Palma |

El acceso al subsidio para desempleados mayores de 52 años depende, entre otros requisitos, de haber acumulado un mínimo de quince años cotizados. Esta condición resulta fundamental porque, aunque no se haya alcanzado la edad legal para jubilarse, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece esta ayuda para quienes cumplen todos los requisitos excepto la edad. Sin embargo, una duda habitual surge para quienes han trabajado en el extranjero: ¿pueden computar esos años para obtener el subsidio?

La respuesta tiene matices y depende del país en el que se hayan desarrollado esos empleos. Desde el ámbito comunitario y de convenios internacionales, la Seguridad Social contempla mecanismos para reconocer y sumar estos períodos cotizados, tanto para solicitar prestaciones del SEPE como para calcular la futura pensión contributiva.

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda esencial para desempleados con dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Además, el SEPE realiza cotizaciones sobre esta prestación por un valor equivalente al 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que influye directamente en la base de cálculo para la pensión que se devengue tras jubilarse.

Requisitos para acceder al subsidio y cotizaciones internacionales

Para percibir el subsidio es imprescindible haber cotizado al menos quince años en total, de los cuales dos deben corresponder a los últimos quince años. Además, es necesario haber contribuido en España por la contingencia de desempleo durante un mínimo de seis años a lo largo de toda la vida laboral. Cuando se trata de cotizaciones realizadas en el extranjero, solamente se consideran ciertas situaciones específicas.

En primer lugar, todos los períodos trabajados en países que formen parte de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza se tienen en cuenta gracias a la coordinación entre servicios sociales españoles y europeos. La Seguridad Social española intercambia la información de forma electrónica, sin que el solicitante tenga que entregar el documento PD U1, simplificando el proceso y facilitando la solicitud.

Eso sí, el organismo español reduce la duración de la prestación concedida en España en función de los días en que el beneficiario haya cobrado prestaciones similares en otro país comunitario, para evitar duplicidades.

Convenios bilaterales con países no europeos

Aunque los años cotizados en el extranjero son más fáciles de contabilizar dentro del ámbito europeo, también existen múltiples convenios bilaterales firmados por la Seguridad Social española con diversas naciones fuera de la UE, que posibilitan el reconocimiento de dichos periodos. Entre estos países destacan Reino Unido —que mantiene acuerdos tras el Brexit gracias al Acuerdo de Comercio y Cooperación del 24 de diciembre de 2020—, además de Australia y otras naciones como Andorra, China, Marruecos, Túnez, y países de América Latina como Argentina, Colombia, México y Uruguay. También están incluidos Estados Unidos, Canadá, Ucrania, Corea, Japón, entre otros.

Cada convenio bilateral presenta particularidades en cuanto a la forma y condiciones para computar las cotizaciones previas. Por ello, quienes han trabajado en estas naciones deben informarse puntualmente para saber cómo influyen sus contribuciones anteriores en la solicitud del subsidio o en la futura pensión.

Cuantía del subsidio para mayores de 52 años

Este subsidio es una de las ayudas más relevantes para desempleados mayores en España, especialmente para quienes presentan dificultades para reinsertarse en el mercado laboral. La prestación actual consiste en una cuantía aproximada de 480 euros mensuales, que se percibe hasta que el beneficiario consiga un empleo compatible con el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) o alcance la edad legal para jubilarse.

Desde la reforma de la Seguridad Social efectuada en 2024, el subsidio es compatible con un empleo por cuenta ajena durante un máximo de 180 días al año, lo que permite a los perceptores complementar su renta mientras permanecen inscritos en el SEPE. Además, otra condición para recibirlo es no sobrepasar una limitación de rentas, fijada en 888 euros mensuales, el 75% del SMI.

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