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Víctor Arpa, abogado, sobre las bajas médicas: «No te pueden molestar, no valen ni fotos, ni escaneos ni correos»

El experto legal aclara los derechos laborales durante las bajas médicas y recuerda que la Seguridad Social gestiona todo el proceso

Arpa ha compartido la información en redes sociales

| Palma |

La normativa sobre bajas médicas ha experimentado cambios significativos que muchos trabajadores desconocen. Desde la última modificación legal, el procedimiento para notificar una incapacidad temporal ha dejado de ser responsabilidad del empleado, trasladándose completamente a la Seguridad Social. Este cambio fundamental protege a los trabajadores de presiones indebidas y clarifica las obligaciones de ambas partes.

Víctor Arpa, especialista en derecho laboral, ha explicado en redes sociales cuáles son los límites legales que las empresas deben respetar cuando un empleado se encuentra en situación de incapacidad temporal. La empresa no puede exigir documentación al trabajador mediante WhatsApp, correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación, ya que el sistema actual funciona de manera completamente diferente.

El profesional del derecho ha destacado que, contrariamente a lo que muchos responsables de recursos humanos todavía creen, el trabajador no tiene obligación de enviar fotografías, escaneos ni ningún tipo de copia del parte de baja a su empleador. Esta práctica, habitual hasta hace pocos años, ha quedado completamente obsoleta con la digitalización del sistema.

Cómo funciona actualmente el sistema de bajas médicas

El procedimiento vigente establece un circuito claro y directo. Cuando un facultativo determina que un trabajador necesita una baja médica, el médico envía la documentación directamente a la Seguridad Social a través de los sistemas telemáticos habilitados. Es la propia Seguridad Social la entidad encargada de notificar a la empresa la situación de incapacidad temporal de su empleado. Este sistema centralizado elimina intermediarios y evita situaciones incómodas. Las empresas tienen acceso a un sistema electrónico específico donde pueden consultar las bajas de sus trabajadores, conocer la duración estimada y verificar las confirmaciones y altas médicas. Por tanto, ninguna compañía puede alegar desconocimiento o falta de información para justificar requerimientos al empleado.

Derechos del trabajador durante la incapacidad temporal

Cuando un empleado se encuentra de baja, su contrato laboral queda suspendido temporalmente. Esta suspensión implica que no existe obligación alguna de prestar servicios, ni siquiera de manera parcial o mediante teletrabajo. Tampoco es necesario mantener disponibilidad telefónica o responder a mensajes relacionados con asuntos laborales. El derecho a la desconexión digital, reconocido en la legislación española desde 2018 y reforzado posteriormente, adquiere especial relevancia durante los periodos de incapacidad temporal. Este derecho garantiza que el trabajador puede desvincularse completamente de las comunicaciones empresariales, favoreciendo así su recuperación física o psicológica.

La única excepción legalmente admitida para que la empresa contacte con un empleado de baja es la convocatoria a una revisión médica de control. Estas revisiones pueden ser solicitadas por la empresa a través de los servicios médicos de la mutua colaboradora con la Seguridad Social o del Instituto Nacional de la Seguridad Social, pero siempre siguiendo los cauces oficiales establecidos. Resulta ilegal que los responsables de una compañía contacten con el trabajador para presionarle respecto a su reincorporación, solicitar documentación médica adicional o preguntar insistentemente sobre la fecha prevista de regreso. Estas conductas pueden constituir infracciones laborales sancionables por la Inspección de Trabajo. En casos extremos, el acoso durante la baja médica puede derivar en procedimientos judiciales por vulneración de derechos fundamentales. Los tribunales españoles han reconocido en múltiples sentencias que la presión empresarial durante la incapacidad temporal constituye un comportamiento contrario a la dignidad del trabajador.

1 comentario

user Ponte Alegre | Hace 9 horas

Lo sabemos perfectamente, al empleado enfermito no se le puede molestar, ni con una llamada ni un mensaje. La empresa tiene que fastidiarse sin tener noticias del trabajador, sin saber si está mejor o no, no tiene datos para hacer una previsión o planificación del trabajo en los días próximos. No, claro, al empleado señorito, o señorita, no se le puede molestar. La empresa a joderse y el resto de compañeros igual, porque al final quien asume el trabajo a realizar por el enfermito son éstos ...... A saber cuántas de estas bajas son "dudosas" !!!!!

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