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Los pensionistas que tengan una vivienda desde 2013 o antes pueden reclamar 1.300 euros al año

La deducción por vivienda anterior a 2013 sigue vigente para quienes mantienen pagos de hipoteca, y Hacienda permite reclamar atrasos

Muchas personas desconocen esta desgravación fiscal | Foto: Freepik

| Palma |

Miles de jubilados están dejando pasar una oportunidad fiscal valorada en hasta 1.356 euros anuales por desconocer que mantienen activo un beneficio tributario que, aunque se eliminó para nuevos compradores en 2013, sigue plenamente vigente para quienes adquirieron su vivienda antes de esa fecha. Esta deducción histórica por inversión en vivienda habitual representa un alivio económico significativo en una etapa vital donde cada euro cuenta, especialmente cuando las pensiones no siempre alcanzan para cubrir todos los gastos.

La clave de este beneficio reside en mantener pagos vinculados a la hipoteca, como intereses, amortizaciones o seguros obligatorios. Muchos pensionistas continúan abonando cuotas hipotecarias durante su jubilación o realizan aportaciones extraordinarias para reducir su deuda, sin ser conscientes de que estos pagos les dan derecho a una reducción considerable en su factura fiscal. El desconocimiento de esta ventaja provoca que miles de declaraciones de la renta se presenten sin incluir esta partida deducible.

Además, existe la posibilidad de rectificar declaraciones de hasta cuatro años atrás, lo que significa que quienes no reclamaron esta deducción en ejercicios anteriores pueden recuperar cantidades acumuladas que, en algunos casos, superan los 5.000 euros. Esta recuperación retroactiva se convierte en una inyección económica importante para quienes descubren tarde su derecho.

Origen y vigencia del beneficio fiscal

La deducción por inversión en vivienda habitual fue uno de los incentivos fiscales más populares en España durante décadas. Hasta el 31 de diciembre de 2012, cualquier contribuyente que adquiriera su residencia habitual podía deducirse en su declaración de la renta el 15% de las cantidades satisfechas por la compra o rehabilitación, con un límite máximo de inversión de 9.040 euros anuales. Esto suponía una deducción máxima de 1.356 euros cada ejercicio fiscal.

Con la reforma fiscal de 2013, este beneficio se suprimió para las nuevas adquisiciones, pero se estableció un régimen transitorio que protegía los derechos adquiridos. Así, todos los contribuyentes que hubieran comprado su vivienda antes del 1 de enero de 2013 y que ya vinieran aplicando la deducción, conservaron este derecho de manera indefinida mientras mantuvieran pagos relacionados con la adquisición.

Este régimen transitorio no tiene fecha de caducidad establecida, lo que significa que los beneficiarios pueden seguir deduciéndose mientras paguen su hipoteca, independientemente de su situación laboral. La jubilación no cancela este derecho, un aspecto que muchos pensionistas desconocen y que les lleva a dejar de aplicar la deducción erróneamente cuando se retiran del mercado laboral.

Requisitos específicos para pensionistas

Para que un jubilado pueda beneficiarse de esta deducción fiscal en su declaración debe cumplir tres condiciones fundamentales. En primer lugar, debe ser propietario de una vivienda habitual que haya sido adquirida antes del 1 de enero de 2013. En segundo lugar, tiene que haber venido aplicando la deducción de manera continuada desde entonces, sin interrupciones que pudieran haber supuesto la pérdida del derecho.

La tercera condición, quizás la más relevante para los pensionistas, es mantener pagos efectivos relacionados con la adquisición de la vivienda. Esto incluye las cuotas mensuales de la hipoteca, que comprenden tanto el principal como los intereses; los seguros obligatorios vinculados al préstamo hipotecario, como el de daños o vida; y las amortizaciones parciales anticipadas que se realicen para reducir el capital pendiente.

Es importante destacar que si la hipoteca está completamente cancelada, no se podrán generar nuevas deducciones, ya que no existen pagos que justificar. Sin embargo, esto no significa que se pierda toda oportunidad de beneficio. Los pensionistas que saldaron su préstamo en los últimos años pueden revisar si aplicaron correctamente la deducción en aquellos ejercicios en los que sí realizaron pagos.

Procedimiento de reclamación ante Hacienda

El proceso para solicitar esta deducción resulta relativamente sencillo en la declaración de la renta. En el apartado correspondiente a deducciones por vivienda habitual, el contribuyente debe indicar las cantidades satisfechas durante el año fiscal, incluyendo todas las cuotas hipotecarias pagadas, los intereses abonados y los seguros vinculados. La Agencia Tributaria dispone de un sistema que facilita la cumplimentación de estos datos.

Para los casos de rectificación de autoliquidaciones anteriores, cuando no se aplicó la deducción en su momento, el procedimiento requiere presentar un modelo complementario o de rectificación. Este trámite puede realizarse por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o de manera presencial en las oficinas habilitadas. El plazo para solicitar estas rectificaciones es de cuatro años desde la finalización del plazo de presentación de cada declaración.

Es fundamental conservar toda la documentación justificativa, incluyendo los certificados bancarios de intereses pagados, las pólizas de seguros vinculados a la hipoteca, y los justificantes de las cuotas abonadas. Esta documentación puede ser requerida por Hacienda para validar la deducción, especialmente en casos de comprobación o cuando se solicitan rectificaciones de ejercicios anteriores.

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