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Si trabajas en España en 2026 estos son todos los premisos retribuidos de los que puedes disfrutar: tiempo y requisitos

El Ministerio de Trabajo detalla en redes sociales la lista completa de permisos laborales vigentes, desde nacimiento hasta formación

Closeup of boss reading filled application form. Business person sitting at desk. Recruitment concept. Cropped front view | Foto: Freepik

| Palma |

Los trabajadores en España disponen en 2026 de un amplio catálogo de permisos retribuidos que abarcan desde el nacimiento de un hijo hasta situaciones de emergencia climática. El Ministerio de Trabajo ha compartido recientemente en sus redes sociales una publicación oficial donde se detallan todos los permisos vigentes, sus importes y los requisitos necesarios para solicitarlos. Estos derechos laborales están recogidos en el Estatuto de los Trabajadores y en distintos acuerdos colectivos, garantizando que los empleados puedan atender necesidades personales y familiares sin perder su retribución salarial.

La información proporcionada por el departamento ministerial incluye las prestaciones por nacimiento y cuidado, permisos por motivos de salud, formación, acontecimientos familiares y las nuevas bajas climáticas incorporadas recientemente al marco normativo español. Cada uno de estos permisos cuenta con características específicas en cuanto a duración, forma de disfrute y documentación requerida para su tramitación ante la empresa o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El conocimiento de estos derechos resulta fundamental para que cualquier empleado pueda ejercer sus garantías laborales de manera adecuada. La correcta aplicación de estos permisos no solo beneficia al trabajador, sino que contribuye a la conciliación de la vida laboral y personal, un objetivo prioritario en las políticas de empleo actuales del Gobierno español.

Permisos por nacimiento y cuidado de menores

El permiso más extenso es el relacionado con el nacimiento y cuidado de hijos, que oscila entre 16 y 19 semanas para familias biparentales. Desde agosto de 2025, las familias monomarentales y monoparentales tienen derecho a 32 semanas retribuidas, una medida que busca equiparar el tiempo total de cuidado al de las familias con dos progenitores. Este permiso cubre el 100% de la base reguladora durante todo el periodo de descanso. La tramitación se realiza ante el INSS presentando el DNI, el libro de familia, el certificado de empresa y, cuando corresponda, el título de familia monoparental. Las primeras seis semanas son obligatorias y deben disfrutarse inmediatamente después del nacimiento, de manera ininterrumpida y a jornada completa.

Las siguientes 11 semanas (22 para familias con un solo progenitor) pueden distribuirse en periodos semanales seguidos o interrumpidos, con jornada completa o parcial, previo acuerdo con la empresa, hasta que el hijo cumpla 12 meses. Además, se contemplan dos semanas adicionales (cuatro para familias monoparentales) que se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los ocho años. Por otro lado, existe el permiso de lactancia, que puede acumularse en días completos o disfrutarse reduciendo horas cada jornada laboral. También se concede tiempo indispensable para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, o para asistir a sesiones informativas en casos de adopción o acogida.

Permisos climáticos y de fuerza mayor

Una de las incorporaciones más recientes al ordenamiento laboral español son los permisos climáticos de cuatro días. Estos se aplican cuando el trabajador no puede acudir a su puesto por restricciones oficiales de movilidad o por situaciones de riesgo grave e inminente derivadas de catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos como inundaciones, nevadas extremas o alertas rojas. Paralelamente, los empleados disponen de cuatro días al año por causa de fuerza mayor relacionados con motivos familiares urgentes de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Este permiso complementa otras licencias específicas vinculadas a situaciones de salud familiar.

Permisos por motivos de salud y hospitalización

En caso de accidente o enfermedad graves de familiares directos, los trabajadores tienen derecho a cinco días de permiso retribuido. Esta licencia se aplica cuando se produce hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como cualquier otra persona que acredite convivencia. Además, se concede tiempo indispensable para la realización de actos preparatorios de donación de órganos o tejidos, garantizando que los trabajadores que desean ser donantes puedan completar todos los trámites médicos necesarios sin afectar su retribución salarial.

Permiso retribuido para formación profesional

Los empleados que lleven al menos un año trabajando en la empresa tienen derecho a 20 horas anuales de permiso para formación. Este tiempo puede acumularse durante un periodo de hasta cinco años, alcanzando un total de 100 horas que el trabajador puede destinar a mejorar sus competencias profesionales mediante cursos, seminarios o programas formativos relacionados con su actividad laboral.

Permisos cotidianos

El Estatuto de los Trabajadores contempla diversos permisos para acontecimientos relevantes en la vida personal y familiar. Entre ellos destaca el permiso de 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho, uno de los más tradicionales del ordenamiento laboral español.

También se concede un día de permiso retribuido por mudanza del domicilio habitual, facilitando así los traslados de residencia sin pérdida de salario. Asimismo, los trabajadores disponen de tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, que incluye funciones como jurado, comparecencias judiciales, ejercicio del sufragio activo o desempeño de funciones sindicales o de representación del personal.

Ampliación del permiso por fallecimiento de familiares

Actualmente, los trabajadores tienen derecho a dos días de permiso por fallecimiento de un familiar. Sin embargo, durante 2025 se ha debatido en el Congreso una ampliación significativa de este derecho que, de aprobarse definitivamente en 2026, supondría un cambio sustancial en las garantías laborales relacionadas con el duelo. La propuesta del Gobierno contempla ampliar el permiso por fallecimiento a 10 días, multiplicando por cinco la duración actual. Además, se prevén dos nuevos permisos: 15 días laborables para el cuidado de familiares bajo cuidados paliativos y un día para acompañar a una persona cuando vaya a recibir la prestación de ayuda para morir (eutanasia), con independencia de la existencia de vínculo familiar si se ha sido designado para dicho acompañamiento. Estas medidas dependen aún de su aprobación legislativa definitiva.

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