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El Tribunal Supremo cambia las normas y, a partir de ahora, los jubilados hombres podrán reclamar el complemento por hijos

Miles de padres podrían recuperar dinero tras una decisión judicial que desmonta años de rechazos por discriminación

Hasta ahora, las madres eran las únicas beneficiarias de este complemento | Foto: Freepik

| Palma |

Una reciente resolución del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que miles de padres en España puedan reclamar un complemento en sus pensiones que hasta ahora les había sido sistemáticamente denegado. La sentencia establece un precedente histórico al considerar que negar esta ayuda económica cuando la madre ya la percibe constituye una forma de discriminación por razón de sexo.

El fallo judicial surge a raíz del caso de un pensionista de Clases Pasivas, padre de tres hijos, que cumplía todos los requisitos establecidos pero al que la administración le había rechazado el complemento conocido popularmente como ayuda por maternidad o brecha de género. A pesar de haber iniciado su jubilación el 1 de julio de 2017, este ciudadano no logró obtener el reconocimiento de su derecho hasta llevar su situación ante la más alta instancia judicial del país.

La decisión judicial, recogida en la sentencia STS 933/2026, marca un antes y un después en la interpretación de las normas sobre complementos de pensiones. El afectado no solo ha conseguido que se le reconozca el derecho al complemento, sino que además podrá cobrar todos los atrasos acumulados desde el inicio de su prestación, lo que supone una cantidad económica considerable tras años de espera.

Dos etapas normativas con efectos diferentes

Para comprender el alcance de esta sentencia, resulta fundamental distinguir entre las dos fases normativas que regulan este complemento en España. La primera etapa corresponde al antiguo complemento por maternidad, aplicable a pensiones reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Durante este período, la normativa permite que ambos progenitores puedan recibir simultáneamente el complemento, siempre que cada uno de ellos cumpla de manera individual con los requisitos exigidos.

La segunda fase comenzó el 4 de febrero de 2021, cuando entró en vigor el nuevo complemento para reducir la brecha de género. Esta modificación legislativa introdujo cambios significativos en los criterios de concesión y en las posibilidades de reclamación. Los hombres con pensiones contributivas reconocidas desde esa fecha tienen derecho a solicitar nuevamente el complemento, incluso si anteriormente les había sido denegado bajo la regulación anterior.

Efectos económicos y retroactividad

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva normativa de la Seguridad Social afecta a los efectos económicos del reconocimiento. Según establece la regulación vigente, si la pensión del padre fue reconocida con anterioridad al 15 de mayo de 2025, el complemento tendrá efectos económicos desde la misma fecha en que se inició la pensión. Esta disposición resulta especialmente beneficiosa para quienes llevan años jubilados, ya que podrán recuperar cantidades significativas en concepto de atrasos.

Por el contrario, para aquellas prestaciones reconocidas después del 15 de mayo de 2025, se aplicará la retroactividad general prevista en la normativa, lo que podría limitar el período de cobro retroactivo a un máximo de tres meses. Esta diferenciación temporal establece una clara ventaja para quienes se jubilaron antes de la fecha límite establecida.

Alcance de la modificación normativa

La modificación introducida por el Tribunal Supremo no solo afecta al régimen general de la Seguridad Social, sino que se extiende a todas las pensiones, incluidas expresamente las de Clases Pasivas. Este colectivo, formado principalmente por funcionarios y empleados públicos, había sido especialmente afectado por las denegaciones sistemáticas del complemento, a pesar de cumplir los requisitos establecidos.

El impacto económico de esta sentencia podría ser considerable para las arcas públicas. Miles de padres que vieron rechazadas sus solicitudes entre 2016 y 2021 tienen ahora la posibilidad de revisar sus casos y reclamar tanto el reconocimiento del complemento como el cobro de los atrasos acumulados desde el inicio de sus pensiones. Esta situación podría generar un volumen significativo de solicitudes de revisión en los próximos meses.

Procedimiento de reclamación

Los beneficiarios de pensiones que sufrieron la denegación del antiguo complemento durante el período comprendido entre 2016 y 2021 deben saber que tienen derecho a solicitar una revisión de su situación administrativa. Del mismo modo, aquellos hombres a los que se les rechazó el complemento por brecha de género desde el año 2021 también pueden iniciar un procedimiento de reclamación basándose en la doctrina establecida por el Tribunal Supremo.

La reclamación permitiría a estos ciudadanos no solo recuperar el complemento mensual que les corresponde, sino también cobrar todos los atrasos generados desde la fecha de inicio de su pensión. En muchos casos, esto puede suponer cantidades de varios miles de euros, dependiendo del tiempo transcurrido y del importe mensual del complemento, que varía según el número de hijos.

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