Miles de conductores circulan a diario con un accesorio que consideran imprescindible para sus desplazamientos. Se trata del soporte para el teléfono móvil, un dispositivo que se ha convertido en compañero habitual de quienes dependen del GPS de su smartphone o necesitan mantener la conectividad mientras conducen. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que la ubicación de este pequeño elemento puede derivar en una sanción económica considerable y en la pérdida de puntos del permiso de conducir.
La Dirección General de Tráfico ha intensificado la vigilancia sobre estos accesorios, y aunque no prohíbe su uso de manera explícita, sí establece criterios muy estrictos sobre su colocación. La normativa vigente penaliza cualquier elemento que interfiera en el campo de visión del conductor, y precisamente ahí radica el problema de muchos soportes que se comercializan en tiendas de tecnología y bazares.
La cuestión no es baladí: una mala elección puede traducirse en 200 euros de multa y, en determinados casos, incluso en la detracción de puntos del carné. El debate sobre la seguridad vial y la tecnología en el automóvil vuelve a estar sobre la mesa, especialmente para aquellos conductores que no disponen de sistemas de infoentretenimiento integrados como Android Auto o Apple CarPlay.
Marco normativo y campo de visión
El artículo 18 del Reglamento General de Circulación establece de manera inequívoca que todo conductor debe mantener una atención permanente a la conducción. Además, especifica que el campo de visión debe permanecer completamente despejado, sin obstáculos que puedan limitar la percepción del entorno o la libertad de movimientos al volante.
Esta regulación es la que la DGT utiliza como base legal para sancionar a aquellos conductores que colocan soportes de móvil en lugares inadecuados. El parabrisas delantero, zona donde muchos usuarios instalan sus dispositivos mediante ventosas, se ha convertido en el punto más conflictivo. Aunque resulta cómodo tener la pantalla a la altura de los ojos, este tipo de instalación puede ser considerada como un obstáculo que reduce la visibilidad de la vía.
Los agentes de tráfico tienen potestad para determinar si un soporte, por su tamaño, posición o características, interfiere en la visión del conductor. No existe una medida estándar ni un listado oficial de modelos prohibidos, lo que deja un margen de interpretación en cada control. Esta indefinición genera cierta inseguridad jurídica entre los conductores, que deben aplicar su propio criterio al elegir y colocar estos accesorios.
Alternativas seguras y recomendadas
Ante la ausencia de una lista oficial de dispositivos homologados por la DGT, los expertos en seguridad vial y ergonomía del automóvil señalan dos tipos de soportes como las opciones más adecuadas. En primer lugar, los soportes que se enganchan a las rejillas de ventilación del vehículo ofrecen una solución discreta y funcional.
Estos sistemas mantienen el teléfono móvil en una posición accesible pero sin invadir el campo visual principal del conductor. La segunda alternativa recomendada son los soportes de salpicadero de perfil bajo, que se adhieren mediante adhesivos especiales o bases antideslizantes y sitúan el terminal en la parte inferior del campo de visión.
Ambas opciones comparten una característica fundamental: permiten consultar las indicaciones del navegador GPS sin bloquear la percepción de lo que ocurre en la carretera. La clave está en mantener el dispositivo por debajo de la línea de visión del cristal frontal, evitando así cualquier interferencia con la visibilidad de otros vehículos, peatones o señales de tráfico.
En España, donde el uso del móvil como navegador sigue siendo mayoritario entre conductores que no disponen de sistemas integrados, elegir el soporte adecuado se ha convertido en una decisión de seguridad y de cumplimiento legal.
La trampa de la interacción física
Pero la correcta colocación del soporte es solo una parte del problema. La normativa actual contempla sanciones aún más severas para quienes manipulan el teléfono móvil mientras conducen, incluso si el dispositivo está perfectamente ubicado en un soporte legal y seguro.
Tocar la pantalla del móvil con el vehículo en marcha conlleva una multa de 200 euros y la pérdida inmediata de 6 puntos del permiso de conducir. Esta sanción se aplica con independencia de si el coche está circulando o detenido en un semáforo, siempre que el motor esté en marcha.
La DGT considera que cualquier interacción física con el terminal constituye una distracción que retira la atención de la calzada y las manos del volante. Esta interpretación estricta de la normativa busca reducir la siniestralidad asociada al uso del teléfono móvil, una de las principales causas de accidentes de tráfico en carreteras españolas.