El control del uso del cinturón de seguridad es una de las acciones más destacadas de la Dirección General de Tráfico. Más allá de campañas de vigilancia especiales que pueda activar en momentos puntuales, también existe la vigilancia continua a través de radares fijos y móviles.
En concreto, fue en el año 2017 cuando la DGT instaló a lo largo y ancho de las carreteras españolas un total de 225 cámaras. En un principio, las fotografías que tomaran estos radares, que pronto comenzaron a llamarse 'foto-cinto', se encontraban en fase de prueba y las cartas que llegaban a los conductores eran meros avisos. Sin embargo, a partir del 11 de noviembre del mismo año se acabó el mencionado periodo de pruebas y los 'foto-cinto' comenzaron a sancionar.
Desde la DGT se explicó que las sanciones solo llegaban en caso de que pudiera apreciarse claramente que el conductor no llevaba correctamente abrochado el cinturón de seguridad ya que, en caso de ir vestido con alguna prenda oscura no sería posible distinguir sin el cinto está o no colocado.
Sin embargo, a día de hoy estas cámaras se encuentran fuera de control metrológico, por lo que sus fotografías no serían, en un principio, válidas. Al menos así lo ha interpretado la juez del Juzgado número 3 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid al admitir el recurso presentado contra una denuncia por no usar el cinturón de seguridad alegando falta de prueba por estas razones.
El control metrológico consiste en la revisión y calibración de un radar para asegurar su correcto funcionamiento. Está regulado por el Estado a través de órdenes de diversa índole y según las mediciones se aplican los márgenes de error necesarios para que las sanciones que llegan a los infractores sean justas.
Sin embargo, parece que estas cámaras que se encargan de vigilar el uso del cinturón de seguridad están fuera de estos controles metrológicos, por lo que no podrían usarse como prueba de una infracción en un juicio. Este es el argumento que utilizó la juez de este caso concreto para aceptar el recurso.
De esta sentencia deducen algunos actores, como la AEA, un cambio en la interpretación jurídica que pueda acabar beneficiando a los conductores que hayan recibido una sanción a través del 'foto-cinto'. Desde esta asociación se calcula que han sido alrededor de 30.000.