La Audiencia Provincial de Toledo ha desestimado el recurso interpuesto por el extesorero del PP Luis Bárcenas contra la sentencia que le obliga a pagar 50.000 euros a la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, por vulnerar su derecho al honor.
El auto de la Audiencia provincial de Toledo considera que no ha lugar a la admisión a trámite el recurso extraordinario de infracción penal procesal presentado por el abogado de Bárcenas, Francisco Maroto, en el que consideraba que la sentencia condenatoria dictada por esta misma sala causa indefensión a su cliente, porque evalúa erróneamente las pruebas.
El auto, dictado el 26 de marzo, no admite recurso
En su recurso, el letrado del extesorero alegaba que la Audiencia de Toledo causó «indefensión» a Bárcenas porque echó por tierra, sin poder hacerlo, las valoraciones del juez de primera instancia, que en un principio absolvió al extesorero.
Cospedal denunció a Bárcenas ante un juzgado de primera instancia de Toledo por acusarla de haber recibido del PP los dos pagos de 7.500 euros en dinero B que aparecen en sus papeles manuscritos con la supuesta contabilidad paralela del partido, que se publicaron en el diario El País filtrados, aseguraba Cospedal, por el propio extesorero.
El juzgado de primera instancia de Toledo absolvió en cambio a Bárcenas afirmando que él no había sido el autor de la filtración al periódico, pero la secretaria general recurrió a la Audiencia y este tribunal concluyó que había dudas de que lo hubiera hecho, por lo que le condenó.