Juan Carlos Aguilar Gómez, conocido como el falso monje shaolín, ha sido condenado a 38 años de cárcel por el asesinato con alevosía de dos mujeres en Bilbao en mayo y junio de 2013, según la sentencia hecha pública este jueves.
Tras el juicio celebrado la semana pasada en la Audiencia de Bizkaia, el jurado declaró culpable a Aguilar por los asesinatos de la ciudadana colombiana Jenny Sofía Revollo, de 40 años, y de la nigeriana Maureen Ada Otuya, de 29 años.
Este jueves, el magistrado presidente del tribunal, Manuel Ayo, ha dictado la sentencia en la que se detalla la pena que se le impone al acusado: 38 años de prisión -dos menos de los que pedía el fiscal- a razón de 19 por cada asesinato.
Además, condena al acusado a unas indemnizaciones que suman 397.000 euros: para la familia Revollo, la indemnización es de 120.000 euros a Aimar Martínez Revollo -hijo de Jenny-, la misma cantidad a Santiago Revollo Turian -el padre- y 12.000 euros a Benicia Revollo, la madre.
En el caso de Ada Otuya, deberá indemnizar con 120.000 euros a Godspower Otuya -el padre de la víctima- y con 25.000 euros a Frank-Onkeya Otuya -hermano-.
El juez ha fijado una pena de 19 años por cada uno de los dos asesinatos al tener en cuenta que el acusado carece de antecedentes penales y «admitió esencialmente los hechos» -reconoció que las asesinó-.
Pero, por otra parte, también ha destacado que «no hay ninguna señal de arrepentimiento» en el acusado y además los hechos son de «extraordinaria gravedad al causar la muerte a dos mujeres que no han tenido posibilidad de defenderse y se ha empleado una violencia inusual en la primera víctima, a la que ha llegado a descuartizar, y también en la segunda, a la que estranguló con un cordel».
El máximo de pena que puede cumplir Aguilar son 25 años de cárcel.
En la sentencia, el juez ratifica el veredicto del jurado de declarar dos asesinatos con alevosía pero sin ensañamiento, una agravante esta última que solicitaban las acusaciones.
El magistrado ha explicado en su sentencia que las dos mujeres sufrieron «alevosía sorpresiva» puesto que el asesino las atacó de manera «súbita, imprevista e inesperada», sin que tuvieran posibilidad de defenderse.
En el caso del ensañamiento -el punto fundamental del juicio, ya que si el jurado la hubiese apreciado, Aguilar habría pasado 30 años entre rejas-, la sentencia explica esta decisión.
En el caso de la primera víctima, Jenny Revollo, el asesino la maniató y «agredió causándole la muerte». Fue «en días posteriores» cuando diseccionó el cuerpo y se fue deshaciendo de diversas partes del mismo arrojándolos a la ría de Bilbao y a la basura.
En el caso de Ada Otuya, el asesino la estranguló -murió en el hospital por la asfixia horas después- pero «sin haber provocado de forma innecesaria e inhumanamente mayor dolor a la víctima», según la sentencia. Por ello, el juez desestima el ensañamiento.
En este punto, la sentencia recuerda la declaración de un forense, que contestó en el juicio a la pregunta del jurado sobre si hubo ensañamiento con Ada Otuya que «si se refiere a que se actuó con ella de manera deliberada, inhumana, con sufrimiento excesivo, pues no».
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.