La Audiencia Nacional ha condenado a la excúpula de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) a penas de entre dos años y nueve meses, y cuatro años de prisión al considerarlos culpables de haber falseado las cuentas de la entidad entre 2010 y 2011.
En la sentencia conocida este lunes, la sección cuarta de la sala de lo Penal condena a tres años de prisión a los ex directores generales de la caja Roberto López Abad y María Dolores Amorós.
En tanto, aumenta la pena hasta los cuatro años al ex director general de Planificación y Control Teófilo Sogorb, como responsable del envío a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de la información falsa sobre los resultados intermedios.
También impone al ex director general de Inversiones y Riesgo Francisco José Martínez dos años y nueve meses de prisión únicamente por falsedad contable, mientras que exime a otros cuatro directivos, entre ellos su ex presidente Modesto Crespo, así como a la Fundación CAM, Banco Sabadell y Caser de la responsabilidad civil.
Según explican los magistrados en el fallo, de 310 folios, los ahora condenados practicaron conductas «tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo a la vulneración de la imagen fiel de la CAM en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o, al menos, maquillar».
En este sentido, consideran probada la responsabilidad de los cuatro en estos hechos, que permitieron arrojar una situación de beneficios de 39,7 millones en lugar de los 1.163 millones de pérdidas y la ratio de morosidad del 19 % evidenciados a 30 de junio de 2011 tras la reexpresión de cuentas por parte del Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB) tras la intervención de la caja.
Para la sala, los resultados resultaban «irreales y espurios», y generaron una disparidad de cifras que «constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero».
En relación a las cuotas participativas emitidas por la caja en 2008, los magistrados consideran que no ha quedado acreditado que los inversores que suscribieron este producto entre el 1 de marzo y el 22 de julio de 2011 lo hicieran fiándose en la «supuesta e irreal situación económica de la entidad» y «menos aún, que los acusados hayan maniobrado artificiosamente en su propio beneficio, de la CAM o de terceros».
El tribunal que preside la juez Ángela Murillo absuelve a todos ellos, en cambio, de los delitos de estafa agravada, apropiación indebida, administración desleal y falsedad en documento mercantil por una «total ausencia» de pruebas que demuestre el supuesto engaño, entre otros porque las acusaciones no han podido acreditar ni demostrar que los acusados se apropiaran de dinero ajeno.
Sobre la responsabilidad civil, la falta de pruebas también exonera a la Fundación CAM, a Caser y al Banco Sabadell, como heredera del negocio al valorar los jueces que la desaparición de la Caja no se debió sólo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un «entorno de crisis económica general».
De este modo, consideran que debe ser la vía civil ordinaria y no el presente procedimiento penal aquella que dilucide la controversia entre Fundación CAM y el Sabadell.
La CAM fue intervenida el 22 de julio de 2011 por el Banco de España al ser víctima del «agujero» que había generado en sus cuentas la inversión en el «ladrillo».
En concreto, en los seis primeros meses de ese año, la CAM admitía pérdidas de 1.136 millones de euros.
Tras su intervención, el Banco de España capitalizó la entidad mediante una aportación de 2.800 millones y nombró al FROB como su administrador provisional.
Así, desde ese momento, la que había sido años antes la cuarta mayor caja española y que contaba con más de 130 años de historia, pasaba a estar controlada por el Estado, que daba luz verde al proceso de subasta varios meses después.