Patronal y sindicatos han cerrado el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020, con una recomendación de subida salarial anual del entorno del 2 % más un 1 % variable y con la encomienda de alcanzar un salario mínimo en convenio de 14.000 euros anuales en 2020.
Los presidente de las patronales CEOE y Cepyme, Juan Rosell y Antonio Garamendi, y los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo, han mantenido hoy una última reunión en la que ha quedado rubricado este principio de acuerdo que ahora someterán a la ratificación de sus respectivas organizaciones.
Las recomendaciones del AENC deben trasladarse a la negociación de cada convenio, que será donde se determine la cuantía exacta de la parte fija de la subida salarial y los conceptos a los que se ligará la parte variable, que pueden ser desde la evolución de la actividad o los resultados hasta el absentismo injustificado, siempre que sean indicadores medibles y conocidos por las partes.
Respecto al salario mínimo de 14.000 euros anuales, dice que deberá alcanzarse de manera progresiva y enmarcarse en los propios convenios colectivos existentes, vinculándolo a su renovación.
El AENC retoma la posibilidad de que los convenios colectivos puedan establecer mecanismos de revisión salarial, teniendo en cuenta indicadores que en cada caso estimen aplicables los negociadores.
Además, habla de recuperar la ultraactividad de los convenios, limitada a un año con la reforma laboral de 2012, para que puedan seguir vigentes mientras se está negociando su renovación y haya un compromiso para llegar a un acuerdo.
Al respecto, patronal y sindicatos han pactado que serán los negociadores de cada convenio quienes determinen en qué términos tendrá lugar el mantenimiento del convenio vencido mientras duran las negociaciones.
El AENC incluye un anexo con otras cuestiones pactadas en el ámbito bipartito, pero que tienen que ser desarrolladas en el marco del diálogo social con el Gobierno, entre las que destaca la modificación del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores para poner coto a la subcontratación que incentiva la competencia desleal entre empresas y deteriora las condiciones de empleo.
También apelan al Gobierno para desarrollar medidas que propicien el mantenimiento de las plantillas con dificultades económicas, de forma que se propicien las reducciones temporales de jornada sin que el trabajador vea perjudicada su protección social o su retribución, pero permitiendo a la empresa «ajustar costes laborales».
En materia de absentismo, hablan de la necesidad de crear un observatorio que en el plazo de seis meses emita un informe a partir del cual se puedan realizar «pruebas piloto» para tratar de mejorar el absentismo no deseado.
Sobre jubilación, piden los cambios legales que permitan extinguir el contrato de trabajo a quienes lleguen a la edad ordinaria de jubilación siempre que tengan derecho a la pensión completa, al tiempo que reclaman la recuperación del contrato relevo ligado a la jubilación parcial.
Ambas partes apuestan por desarrollar medidas integrales para favorecer la igualdad laboral entre hombres y mujeres, entre ellas, el desarrollo del sistema de atención a la independencia y la infancia, la equiparación de los permisos de paternidad y maternidad o de las reducciones de jornada, y el estudio cualitativo del impacto de género de los pluses y complementos salariales.
Asimismo, proponen una reforma del actual marco legal en materia de formación para el empleo en el ámbito laboral, que tenga en cuenta son empresas y trabajadores los que financian el sistema a través de las cuotas sociales.
Además, inciden en que hay que elaborar un plan director para la reducción de la economía sumergida y regular el Consejo Nacional de Negociación Colectiva para conocer la realidad de los convenios colectivos en España y para que desarrolle funciones de observatorio y formación de negociadores, entre otras.