El juez que investiga la supuesta intención de un francotirador de matar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no tiene «duda» de la «seriedad del propósito» del detenido de llevar a cabo el «crimen planeado», para el que recabó información sobre el momento y el lugar.
Así lo sostiene la Audiencia de Barcelona en un auto, del pasado martes, 6 de noviembre, en el que avala la decisión del juzgado de instrucción número 4 de Terrassa (Barcelona) de enviar a prisión al detenido, Manuel M.S., de 63 años, dados los «claros» indicios de su participación en un delito de conspiración para cometer atentado contra el jefe del Gobierno.
En su escrito, la sección décima de la Audiencia resalta que, pese a que la investigación está en un momento incipiente, al juez de instrucción «no le ha cabido duda» de la «seriedad del propósito del investigado de llevar a efecto el crimen planeado por él mismo».
Según la Audiencia, a la hora de planear el crimen, el acusado contaba con el material -se le intervinieron 16 armas largas y cortas-, «sus habilidades como tirador, lo certero que sería para privar de la vida a su objetivo, recabando sólo para asegurar su propósito información sobre el momento y el lugar en que se realizaría».
Tras ser alertados por una dirigente local de Vox en Barcelona, que recibió wasaps y mensajes de voz del sospechoso pidiéndole apoyo logístico, los Mossos d'Esquadra detuvieron el pasado 19 de septiembre al hombre y pusieron el caso en conocimiento del equipo de seguridad de la Moncloa.
Los Mossos llevaron el caso a un juzgado guardia para que fuera la judicatura la que decidiese si este proceso se debía seguir en la Audiencia Nacional -competente en casos de terrorismo-, si bien acabó recayendo en un juzgado ordinario de Terrassa.
El juez de Terrassa acordó el pasado 21 de septiembre enviar a prisión al detenido, que recurrió ante la Audiencia de Barcelona para quedar en libertad, alegando que sus mensajes se deben interpretar «en el contexto de la problemática ocurrida en Cataluña», con el proceso independentista.
Además, argumentó que cuenta con arraigo que disipa su voluntad de fuga, con una vida laboral de más de 38 años, un contrato de trabajo temporal con una empresa -es agente de seguridad privada- y que cuidaba de su madre y su hermana, ambas enfermas, que viven en otro piso del mismo edificio de Terrassa.
La Audiencia ha rechazado sus argumentos porque entiende que existen «indicios suficientes» para atribuirle su participación en un delito de conspiración para cometer atentado contra el jefe del Gobierno, un delito de tenencia ilícita de armas y depósito de armas y explosivos.
El tribunal deja al margen el delito de odio que también se le atribuía inicialmente, ya que «no cuenta con demasiados indicios», según el auto.
A falta de determinar las capacidades mentales del detenido, la Audiencia concluye que persiste el riesgo de fuga porque pese a que el detenido aseguró que tenía que cuidar de su madre y de su hermana, en sus mensajes a la responsable local de Vox en Barcelona insistió en su disponibilidad de llevar a cabo el atentado porque vivía sólo y «no tenía nada que perder».
«Luego poca importancia daba a los cuidados que pudieran requerir sus familiares para el caso de ser detenido», resalta la Audiencia.