El bono joven de alquiler, que el Consejo de Ministros ha aprobado este martes, también beneficiará las personas que comparten piso y alquilan una habitación suela. La diferencia en las condiciones respecto a los arrendatarios de una vivienda completa es que tendrán como condición que la renta de la misma no exceda los 300 euros mensuales. Ese límite, no obstante, podrá elevarse hasta 450 euros en algunos territorios donde el mercado de arrendamientos es más caro, siempre que medie un acuerdo entre la comunidad autónoma y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Teniendo en cuenta los precios para acceder una vivienda en Baleares es muy problema que este sea uno de los territorios en los que se amplia el límite.
Para las personas que comparten piso y alquilan habitaciones, la ayuda que perciba el beneficiario será la misma que se prevé para quienes arriendan una vivienda habitual: un tope de 250 euros mensuales o, si es menor, la renta mensual que se deba satisfacer. Por tanto, esta ayuda irá destinada a la persona que hace la solicitud y es de carácter finalista, es decir, solo se puede destinar a pagar el alquiler. Puedes consultar aquí todas las condiciones para solicitar la ayuda al alquiler.
El real decreto aprobado este martes añade algunas novedades a lo que hasta ahora había anunciado el Gobierno sobre la futura ayuda. Esta, con carácter general, se concederá a personas de hasta 35 años cuyos ingresos anuales no superen tres veces el IPREM, lo que equivale a 24.318,84 euros. Para no perjudicar la movilidad laboral, se tendrán en cuenta dos situaciones: que un perceptor se cambie de domicilio de una a otra provincia o a otra comunidad autónoma, pudiendo llegar los ingresos hasta cuatro veces el IPREM (32.425,12 euros anuales).