Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha instado al Ministerio del Interior a aclarar si Iñaki Urdangarin, separado de Cristina de Borbón, dispone de servicio de escolta con cargo a los Presupuestos del Estado, y, de ser así, cuánto cuesta y desde cuándo disfruta del mismo. El órgano encargado de velar por la aplicación de la Ley de Transparencia ha dado la razón a un ciudadano que presentó una reclamación ante la negativa del Departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska a darle esa información alegando que se trata de información secreta.
Urdangarin fue condenado a cinco años y diez meses de cárcel por el 'Caso Nóos', pero está el libertad condicional desde el pasado mes de marzo tras participar en un plan de reeducación para condenados por corrupción. Interior se negó a proporcionar la información demandada por un ciudadano argumentado que tiene está protegida por una «calificación oficial de reserva» y que su difusión o conocimiento por «personas no autorizadas puede poner en riesgo tanto la seguridad de las personas objeto de protección como la de los agentes encargados de la misma». Transparencia ha comprobado que, efectivamente, las plantillas de personal y medios de equipo de las unidades« están genéricamente catalogadas como información reservada y que el fin último de esa clasificación es »proteger la seguridad y defensa del Estado".
En ese contexto, señala que «en coherencia con ello, la totalidad de las clasificaciones que se formulan tienen por objeto informaciones referidas a las Fuerzas Armadas, no a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado», por lo que, a su juicio, la información que reclama el demandante de los datos sobre la escolta de Urdangarin no puede considerarse secreta. Aquel Acuerdo del Consejo de Ministros de 1986 declara reservados «los planes de seguridad de instituciones y organismos públicos así como de las unidades, centros u organismos de las Fuerzas Armadas y de los centros de producción de material de guerra». También «los planes de protección de todas aquellas personas sometidas a la misma,específicamente los de las autoridades y de los miembros de las Fuerzas Armadas». En una resolución recogida por Europa Press, Transparencia sostiene que ese carácter reservado no puede extenderse, «a todos los planes de protección de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad» ni utilizarse para limitar el derecho de acceso a la información pública que, recuerda, tiene «rango constitucional».
Además, el órgano que preside José Luis Rodríguez Álvarez replica a Interior que «la aplicación de los límite del derecho a la información» requiere una justificación «expresa y detallada que permita controlar la veracidad y proporcionalidad de la restricción establecida» y que no vale con un «aplicación genérica». Con este argumento, rechaza que dar a conocer los datos reclamados por el reclamante pueda «poner en riesgo tanto la seguridad de las personas objeto de protección como de los agentes encargados de la misma». Por todo ello, Transparencia da diez días a Interior para que responda a las preguntas planteadas por el peticionario: si Urdangarin tiene vigilancia privada con cargo a las arcas públicas, y, si es así, desde cuándo y cuánto cuesta.