El grupo parlamentario de Unidas Podemos ha registrado a primera hora de este lunes ante el Tribunal Constitucional un escrito de solicitud de presentación de una cuestión de prejudicialidad al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que, entre otras cuestiones, establezca si los magistrados Pedro José González-Trevijano Sánchez y Antonio Narváez Rodríguez deben abstenerse de modo automático, y si, de incumplirlo, se sitúa al procedimiento afectado en un cauce de nulidad de las actuaciones. «Resulta del todo incuestionable que quien tiene su mandato caducado es afectado directo por la norma cuya tramitación han impugnado los recurrentes y ello es así por el simple hecho que de promulgarse dicha reforma legal dejarán de ser miembros del Tribunal Constitucional y, por tanto, perderán su actual posición, emolumentos y prerrogativas así como el poder de decidir en el sentido que consideren o al que se hayan comprometido», explica el texto.
Entre las cuestiones prejudiciales que pretenden trasladar a la justicia europea con este escrito está también conocer si el «incumplimiento» del mencionado deber de abstención por parte de los magistrados implicados «sitúa al procedimiento afectado en un cauce de nulidad de actuaciones», teniendo presente que el derecho reconocido en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, según consolidada jurisprudencia del propio TJUE, «no es un derecho limitable salvo las excepciones previstas en el artículo 52 de la propia Carta». Cabe recordar que las cuestiones prejudiciales, una vez planteadas y admitidas, tienen un efecto suspensivo sobre la resolución del fondo del asunto. Unidas Podemos ya presentó la semana pasada un escrito donde acusaba a estos dos magistradas y fuentes jurídicas explicaban a Europa Press que de discutirse este lunes estas recusaciones tendrían también un efecto suspensivo.
Unidas Podemos busca también que la alta instancia judicial de la UE deje «meridianamente claro» cómo debe aplicarse la abstención de magistrados, en concreto en el Constitucional, «que es el último órgano decisorio en vía interna de un Estado miembro» o si esa abstención «es un deber de carácter absoluto y automático cuando concurran las circunstancias legalmente previstas en el ordenamiento interno».
El escrito --firmado por los diputados Jaume Asens, Pablo Echenique, Txema Guijarro y Enrique Santiago-- también pide al Constitucional que plantee a la instancia judicial europea si «debe entenderse que el 'tener interés directo o indirecto en el pleito o causa' también concurre cuando del resultado del pleito conlleve la promulgación o no de una nueva normativa que afecte directamente a los intereses personales, económicos y profesionales del juez o magistrado llamado a resolver, aun cuando esa afectación no se produzca de manera automática sino como consecuencia de lo que vaya a resolver», en clara referencia a lo que afecta a los citados magistrados del Alto Tribunal español.
Desde UP justifican la presentación de estas cuestiones de prejudicialidad al TJUE porque «todo procedimiento nacional está sujeto, de una u otra forma al derecho de la Unión Europea». Partiendo del hecho de que el presente procedimiento se encuentra sometido al derecho de la Unión, el escrito advierte de que es «un caso único en el cual un poder del Estado tiene en sus manos privar de sus competencias a otro poder del Estado y, todo ello, en un caso que afecta directa e irremediablemente, tanto en lo personal como en lo profesional, a una serie de miembros del propio órgano llamado a resolver sobre el asunto».
Unidas Podemos señala directamente que el PP lo «único que pretende» con su actuación ante el TC es que se suspenda la tramitación de una reforma legal que afecta «directa, personal y profesionalmente» a algunos miembros del Tribunal Constitucional que «no parecen dudar de que la obligación de imparcialidad que también les afecta a ellos no es de aplicación al presente caso omitiendo que, en realidad, es una causa impeditiva de sus respectivas participaciones en la resolución de este concreto procedimiento».
Con todo, los dirigentes de Unidas Podemos han advertido también que si el Constitucional se niega a tramitar las cuestiones prejudiciales solicitadas «dejará expuesto al Estado español a la reclamación de cualquier otro Estado miembro y, con ello, dejará el sistema jurídico y judicial a expensas de lo que, llegado el momento, interese a cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea».
Asimismo, desde Unidas Podemos, han presentado un segundo escrito en el que recuerdan al Tribunal Constitucional que se encuentra pendiente una resolución de reconsideración a la Mesa del Congreso, lo que supone que el recurso de amparo presentado por el Partido Popular para paralizar la reforma que permite el desbloqueo del propio tribunal es «claramente prematuro por no haber agotado la vía previa parlamentaria, lo que conlleva que debe ser inadmitido de plano».
El grupo confederal insiste, además, que es «evidente» la afectación del derecho a la participación política que conllevaría la suspensión jurisdiccional de una iniciativa parlamentaria y recuerda que el recurso inicial del PP hacía referencia a la necesidad de la petición cautelarísima por la votación en el Congreso, la cual ya ha tenido lugar, lo que hace perder el objeto de dicha petición que debe ser inadmitida. También recuerdan que en 2007 dos magistrados se abstuvieron de debatir y votar un recurso sobre la reforma de la LOTC, un supuesto muy similar al actual.