El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un anteproyecto de ley que amplía el margen de acción de los agentes encubiertos y de los registros remotos de equipos informáticos, facilita crear equipos internacionales de investigación y busca mejorar el reconocimiento mutuo de resoluciones. El anteproyecto ha sido presentado este martes tras el Consejo en rueda de prensa por la ministra de Justicia Pilar Llop, quien ha señalado que es una ley técnica, pero que impulsará la cooperación judicial internacional y la investigación en materia penal, sobre todo en los delitos más graves.
El anteproyecto reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal la figura del agente encubierto, agentes policiales con identidad supuesta que actúan bajo el control de un juez o del fiscal para investigar delitos propios de la delincuencia organizada y de difícil averiguación, cuando han fracasado otros métodos. Se amplía su ámbito de actuación, como el de los registros remotos de equipos informáticos, a las investigaciones de homicidio y sus formas agravadas.
Hasta ahora, ha explicado Llop, sólo podían actuar en esos casos si las víctimas eran menores. Podían investigar, por ejemplo, crímenes contra la propiedad intelectual cometidos por bandas organizadas, pero no a un sujeto sospechoso de violar, asesinar y ocultar un cadáver. Por otra parte, el anteproyecto reforma la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales de la Unión Europea para "ajustarla" a la normativa comunitaria y hacer más efectivos los decomisos, los embargos y la ejecución de sanciones administrativas, como las multas impuestas por Tráfico y judicializadas.
Llop ha destacado también la nueva regulación de los equipos conjuntos de investigación judicial para, entre otras cosas, poder crearlos con otros países de la UE sin necesidad de que intervenga el Ministerio de Justicia. Finamente, según explica el Ministerio de Justicia en un comunicado, el anteproyecto se usa también para reformar la ley orgánica del Poder Judicial y recoger de nuevo, como estaba antes de 2015, el principio de reciprocidad en el ámbito de la cooperación internacional judicial internacional.
El principio de reciprocidad, señala Justicia, implica que los Estados asuman derechos y deberes sobre la base de un trato recíproco. La Constitución Española lo contempla en el ámbito de la extradición, pero ese principio no se menciona en la ley del Poder Judicial y la reforma permitirá que conste específicamente la posibilidad de aplicarla en materia penal.