El Ministerio de Hacienda permitirá domiciliar el pago de deudas tributarias desde cuentas registradas en entidades que no tengan la condición de colaboradoras en la gestión recaudatoria estatal -siempre que se encuentren en la Zona Única de Pagos en Euros-, una opción que hasta ahora no estaba disponible.
Según publica este viernes el BOE, esta decisión se ha adoptado para facilitar el pago de deudas a los contribuyentes que no tienen una cuenta bancaria abierta en España a través de un canal que «ha experimentado un constante crecimiento» en los últimos años «hasta consolidarse como uno de los más utilizados».
La orden ministerial precisa que aunque la cuenta se encuentre en una entidad no colaboradora, la gestión se realizará a través de entidades que sí tengan esa condición, de manera que el cambio tendrá «un impacto mínimo» en los protocolos de la Agencia Tributaria.