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Así es el protocolo diseñado por el Gobierno para reubicar a menores migrantes

Pretende que a partir de septiembre la derivación a otras autonomías se realice en apenas quince días

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego | Foto: Efe - ZIPI ARAGÓN

| Madrid |

El Gobierno aprobó este martes en Consejo de Ministros el real decreto que detalla el protocolo para trasladar a los menores migrantes no acompañados desde comunidades con los recursos tensionados -como Canarias, Ceuta o Melilla- a otros territorios.

Este real decreto, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor mañana y es un paso más en el calendario previsto por el Ejecutivo para comenzar con la política de traslados a partir del 28 de agosto.

La idea es derivar a unos 3.000 jóvenes que son atendidos hoy por Canarias, Ceuta y Melilla en el plazo de un año y, además, que todos los menores extranjeros no acompañados que lleguen a partir de septiembre a zonas con los recursos tensionados sean derivados a otras autonomías en apenas 15 días.

Declaración de contingencia migratoria

El primer paso será que la comunidad autónoma que tenga sus recursos al triple de su capacidad ordinaria declare la situación de contigencia migratoria, que deberá ser aprobada por el Ministerio de Juventud e Infancia.

Según el calendario del Ejecutivo, esto podría ocurrir el 27 de agosto, después de que el Consejo de Ministros apruebe el día anterior un último decreto con las cifras de traslados que corresponden a cada comunidad.

Evaluación personal del menor

El siguiente paso es que la Subdelegación del Gobierno adopte una propuesta de traslado de forma simultánea a la inscripción del joven en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.

Para ello, la comunidad autónoma de origen deberá remitir, en tres días, un informe sobre la situación del menor realizado tras una entrevista personal.

Este expediente se remitirá al menor y a la comunidad de destino, que podrán presentar alegaciones en tres días. También se comunicará al Ministerio Fiscal, que podrá pronunciarse en dos días naturales y, en todo caso, si el joven se opone al traslado.

Propuesta y resolución de traslado a otra comunidad

Para determinar a qué territorio irá cada joven se tendrá en cuenta unos criterios ya fijados por el Ejecutivo: población (50 %), renta per cápita (13 %), tasa de paro (15 %), esfuerzo de acogida (6 %), dimensionamiento estructural del sistema (10 %), dispersión de la población (2 %) y las singularidades de ciudad fronteriza (2 %) e insularidad (2 %).

Con toda la información, la Subdelegación del Gobierno elevará su propuesta a la Delegación del Gobierno, que será la que resuelva. La resolución será remitida en diez días al menor, a la comunidad de origen, a la de destino, al Ministerio de Juventud e Infancia y al Ministerio Fiscal.

Esta resolución podrá recurrirse por vía administrativa o judicial y significará la asunción de tutela y custodia del menor por parte de la comunidad de destino.

Traslado del joven

La comunidad de origen será responsable del traslado de los jóvenes, que será financiado por el Estado mediante el fondo de 100 millones de euros aprobado en marzo.

Esta autonomía deberá notificar al joven, a la comunidad de destino, a su Delegación del Gobierno y a la Jefatura Superior de Policía de destino, con una antelación mínima de 48 horas, la fecha, hora y lugar de llegada y el traslado deberá ejecutarse en cinco días desde este aviso.

Recepción del menor en la comunidad de destino

La comunidad de destino recibirá en el día, hora y lugar notificados al menor, que llegará en compañía de profesionales de la entidad pública de origen para intercambiar información con los de destino sobre la situación del joven.

Si la comunidad se niega a recibirlo, los profesionales que lo acompañan podrán pedir ayuda a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, que lo pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal y entregarán al joven a la entidad de destino.

El plazo máximo para los traslados es de 15 días naturales desde la inscripción de los jóvenes en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados y, una vez completado, deberá ser notificado al Ministerio de Juventud e Infancia para su seguimiento.

10 comentarios

Francisco Barcelo Ordinas Francisco Barcelo Ordinas | Hace 5 meses

MargarethaMuy buen comentario, estoy totalmente de acuerdo contigo. Y también a la MONCLOA. ASCO ME DAN ÉSTOS IZQUIERDOSOS. UN SALUDO.

IB1001 IB1001 | Hace 5 meses

BURNEAixò que proposes va contra ses lleis espanyoles.

user BURNE | Hace 5 meses

El protocolo es que en vez de devolverlos a sus padres que son sus tutores legales, nos los quedamos nosotros. Luego se reparten sobre todo a las comunidades que gobierna el PP, y por supuesto ninguno al país Vasco ni a Cataluña. Cuando tengamos que repartir a veinte o trentamil mas igual ya no gobernamos y que se coma el marrón el que venga. SI A LOS MENORES HUERFANOS POR GUERRAS O CATASTROFES. EL RESTO CON SUS PADRES Y SI NO ES POSIBLE QUE EL SULTAN DE MARRUECOS SE HAGA CARGO DE SUS MENPORES. NO NOSOTROS

IB1001 IB1001 | Hace 5 meses

MargarethaÉs sa llei espanyola (Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. BOE núm. 10, de 12/01/00) sa que dóna es dret a aquests infants a demanar protecció internacional; per tant, és democràtic que siguin ses administracions espanyoles ses qui se'n facin càrrec.

IB1001 IB1001 | Hace 5 meses

AngelcaídoSaps, perquè jo t'ho he fet sabre, que Catalunya i País Basc són ses Comunitats que més menors no acompanyats han acollit fins ara i que es repartiment actual no fa més que igualar es número d'acolliments. Tu intentes desinformar xerrant d'immigració en general (inclosos adults europeus, per exemple) quan són coses que no tenen res a veure, com també jo t'he fet sabre. Finalment, es criteris pes càlcul des repartiment són públics (Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias. BOE núm. 67, de 19/03/25) i són ses pròpies Comunitats autònomes ses que els han facilitat al Govern. Una vegada més, sa teva desinformació queda en evidència.

IB1001 IB1001 | Hace 5 meses

manoletinÉs més senzill encara: País Basc i Catalunya han acollit més menors no acompanyats fins ara que ses altres Comunitats i ara se mira d'igualar totes ses comunitats perquè hi hagi un repartiment més equilibrat.

Margaretha Margaretha | Hace 5 meses

Si la llamada izquierda progresista, es la que propone la idea de acoger a menores que han llegado de forma ilegal al país, que sean los dirigentes y militantes del partido socialista, MES, Podemos, SUMAR, Bildu... que acojan en sus casas a dichos menores, y que estos "progresistas" paguen de su bolsillo la manutención, y que asuman toda responsabilidad, si alguno de esos menores comete algún delito. Ya que son los de la idea, que empiecen ellos por dar el ejemplo en su propia casa. En fin, cosas de ser progresistas, digo?

user Geperut | Hace 5 meses

Primero que los adopten todos los socialistas, comunistas, los de extrema izquierda y partidos afines al Gobierno.

Angelcaído Angelcaído | Hace 5 meses

Las condiciones ÚNICAS SON : CATALUÑA Y PAÍS VASCO NI UNO... TENIENDO UNA TASA DE INMIGRANTES SIMILAR A MUCHAS COMUNIDADES...lo que desmonta la tesis del GOBIERNO que solo tiene en cuenta MENORES y sin HACER PÚBLICO DE DONDE OBTIENEN ESTOS DATOS. 🥀😉

user manoletin | Hace 5 meses

El plan es sencillo: hay que repartirlos por todas las comunidades donde gobierne el PP o Page, Cataluña o País Vasco no se tocan.

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