Síguenos F Y T I T R
Hoy es noticiaEs noticia:
Caso Koldo

El Supremo rechaza expulsar a los partidos del 'caso Koldo' y mantiene a Cerdán en prisión: Saldrá «tan pronto como sea posible»

Rechaza «agravio comparativo» alguno del exsecretario de Organización del PSOE con Ábalos o el exasesor del Ministerio de Transportes

El exasesor de Ábalos | Foto: Europa Press

| Madrid |

El magistrado del Tribunal Supremo a cargo del 'caso Koldo' ha rechazado expulsar a los partidos políticos que ejercen la acusación popular en el procedimiento --como reclamaba el exministro José Luis Ábalos--, al tiempo que ha desestimado también la petición del exasesor que da nombre a la causa, Koldo García, de archivar la investigación que dirige en su contra.

Así consta en una batería de resoluciones que ha dictado el instructor Leopoldo Puente en el marco de las diligencias en las que investiga una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de adjudicaciones públicas que estaría integrada por Ábalos, Koldo y el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán.

Puente también ha rechazado la última petición de Cerdán para salir de prisión provisional, descartando que haya un «agravio comparativo» respecto al exministro José Luis Ábalos y a su exasesor, si bien ha insistido en que será puesto en libertad «tan pronto como sea posible». «Ningún agravio comparativo se advierte con la situación personal acordada y mantenida en esta causa respecto de (...) Ábalos y (Koldo) García», dice el magistrado.

El instructor expone que «las medidas adoptadas son, evidentemente, distintas», por cuanto Ábalos y García permanecen libres --con prohibición de salida del país y comparecencias quincenales en sede judicial--, pero que «también lo son las situaciones de unos y otro». «Se explicó ya que este último (Cerdán), debido a la posición funcional que ocuparía en la organización, puede estar en conocimiento de datos o elementos esenciales, --que pudieran ser alterados--, que aquéllos, tal vez, ignoren», explica.

Al hilo, recalca que «los indicios apuntan a que Cerdán, en tanto pudiera ser la persona que negociaba con los pagadores y recibía después los cobros, distribuyéndolos luego entre sus colaboradores, es la persona, de entre todas las investigadas hasta este momento, que habría de tener cabal conocimiento del proceso completo». Y, en consecuencia, la persona que «podría dificultar seriamente el devenir de la investigación, ocultando, destruyendo o alterando pruebas relevantes», insiste Puente, reiterando asimismo que «esas pruebas relevantes» aún no están en manos de los investigadores, «aunque se trabaja intensamente en su eventual hallazgo».

En este punto, asegura que entiende «la impaciencia» de Cerdán, al tiempo que subraya que ordenará su puesta en libertad «tan pronto como sea posible, es decir, tan pronto como desaparezcan o se mitiguen de forma sustancial las razones que determinaron su adopción». «Pero también es preciso señalar que esa modificación sustancial de las circunstancias todavía no se ha producido. Y ciertamente, no es debido a que no se haya presentado el, ya próximo, informe policial acerca de la situación patrimonial de Cerdán --que, en efecto, en sí mismo, no es la fuente de prueba que aquí trata de protegerse--. Pero sí lo son aquellas sobre las cuales todavía se investiga», ilustra el juez.

Sin comentarios

No hay ningún comentario por el momento.

Lo más visto