El exasesor ministerial Koldo García ha señalado que tanto la investigación de PCRs como de test covid que se investigan en la Audiencia Nacional y en la que resultan involucrados tanto él como el exministro José Luis Ábalos deberían estar siendo investigados en el Tribunal Supremo en base a que es quien tiene el suplicatorio para investigar estos hechos, en alusión al aforamiento de Ábalos, que sigue siendo diputado en el Congreso, y apunta igualmente a la posible participación de la expresidenta del Govern, Francina Armengol, en las contrataciones investigadas.
En una petición al TS para que revoque su ingreso en prisión, Koldo García argumenta para que el Supremo asuma «toda la causa» que en las pesquisas de la Audiencia Nacional también se identifica a «otras personas de alto rango político relacionadas indiciariamente con estos hechos» y apunta a la presidenta del Congreso y expresidenta del Govern, Francina Armengol, que pudo «haber participado en favorecer contrataciones públicas (incluyendo las relativas a las pruebas de detección) con la empresa Megalab Eurofins, gracias a las influencias de Koldo».
El exasesor ministerial ha pedido al TS que revoque su entrada en prisión provisional y lo deje en libertad, ofreciéndose a pagar una fianza para poder salir de la cárcel. Asimismo, defiende que su incremento patrimonial está «justificado» por sus ingresos. Así lo hace en un recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, después de que el magistrado instructor del 'caso Koldo' en el Supremo, Leopoldo Puente, decretara prisión provisional sin fianza para él el pasado 27 de noviembre. La defensa de Koldo pide que se declare la nulidad de esa medida y también del procesamiento por las presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia, al apreciar «falta de fijación previa de competencia» en el Supremo.
A su juicio, el procesamiento dio pie a «escritos exagerados» de las acusaciones -Anticorrupción y las populares que lidera el PP- en los que «se contienen solicitudes de años desorbitados de prisión, que son la justificación que se emplea en el auto recurrido para decir que procede la prisión provisional en base al inexistente riesgo de fuga». Cabe recordar que el magistrado acordó enviar al exministro José Luis Ábalos y al que fuera su asesor a prisión provisional sin fianza por riesgo extremo de fuga de ambos ante la proximidad del juicio que se celebrará en su contra, por presuntos amaños en los contratos públicos para la compra de material sanitario, y la elevada petición de penas: hasta 30 años de cárcel.
Koldo reclama quedar en libertad «con las medidas cautelares personales de comparecencias quincenales y prohibición de salir de España con entrega de pasaporte», las mismas que tenía antes de entrar en la cárcel de Soto del Real (Madrid). En el caso de que la Sala de lo Penal no estime su petición, propone «alternativamente» que se acuerde su libertad provisional bajo fianza, «cuya cuantía se determine por el tribunal, manteniendo las medidas cautelares subsidiarias mencionadas en el punto anterior».
La defensa sostiene que «al probarse que el incremento patrimonial real es tres veces menor y se encuentra justificado por los ingresos legítimos, el principal indicio material de la desproporcionalidad económica (que fundamenta la malversación y el blanqueo) se desvanece de forma crítica. Ello reduce la intensidad con la que se debe valorar el riesgo de fuga. La prisión provisional, en estas circunstancias, es insostenible por el principio de proporcionalidad», alega. Y se queja de que el auto de prisión provisional «asume las conclusiones de la acusación sin verificar la solidez de los elementos incriminatorios ni la justificación del riesgo extremo».
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