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Pensiones mínimas, máximas y no contributivas en 2026: así quedan tras el nuevo decreto publicado en el BOE

La revalorización de las pensiones se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero tras separarse del escudo social rechazado

26/12/2025 El Gobierno de España incrementa alrededor de 2,2 millones de pensiones y prestaciones en Andalucía desde el 1 de enero. El Real Decreto-ley para la revalorización de las pensiones en 2026 aprobado ayer por el Consejo de Ministros ha entrado en vigor este miércoles, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, tras su publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). ECONOMIA JESÚS HELLÍN / EUROPA PRESS | Foto: JESÚS HELLÍN / EUROPA PRESS

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El Real Decreto-ley para la revalorización de las pensiones en 2025 ha entrado en vigor este miércoles, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La medida afecta a casi 13 millones de pensiones y prestaciones del sistema público español, asegurando la continuidad del incremento en las nóminas de los pensionistas.

La subida vuelve a estar vigente aunque todavía no haya sido convalidada en el Congreso de los Diputados. Este trámite se producirá en los próximos días, y esta vez el Ejecutivo confía en su aprobación, puesto que la mayoría de los grupos parlamentarios, incluidos PP y Junts, respaldan el incremento. Al separar la revalorización de las pensiones del escudo social, que se ha incluido en otro decreto distinto, el Gobierno se ha asegurado los apoyos necesarios para la convalidación.

La decisión de dividir ambas medidas se adoptó después de que el pasado 27 de enero el Congreso rechazara, con los votos de PP, Junts, Vox y UPN, el decreto ómnibus que incluía la revalorización de las pensiones junto al llamado escudo social. Ahora ambos textos se votarán por separado en la Cámara Baja, lo que facilita su tramitación parlamentaria.

Incremento del 2,7% para las pensiones contributivas

Las pensiones contributivas y de clases pasivas suben un 2,7% este año, siguiendo la evolución del Índice de Precios al Consumo. Este incremento beneficia a los 9,4 millones de personas que reciben más de 10,4 millones de pensiones contributivas, además de los más de 734.000 perceptores del Régimen de Clases Pasivas del Estado.

Según los cálculos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la revalorización del 2,7% supone aproximadamente 570 euros adicionales al año para una pensión media de jubilación, mientras que las pensiones medias del sistema aumentan en cerca de 500 euros anuales. El complemento para la reducción de la brecha de género también se incrementa en la misma proporción.

Subida superior al 7% en pensiones mínimas

Las pensiones mínimas se revalorizan más del 7% en 2025, concretamente un 7,07%. Sin embargo, este porcentaje es significativamente mayor para determinados colectivos: las pensiones con cónyuge a cargo y las de viudedad con cargas familiares aumentan un 11,4%, igual que las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

La pensión mínima de jubilación para titulares con 65 años o más en hogares unipersonales alcanza los 13.106,80 euros anuales en 2025, frente a los 12.241,60 euros del año anterior. En los casos con cónyuge a cargo, la cuantía asciende a 17.592,40 euros, superando los 15.786,40 euros de 2024.

Las pensiones de vejez e invalidez (SOVI) también se revalorizan un 7,07% para 2025, alcanzando los 599,60 euros mensuales en el caso de las no concurrentes y los 582,10 euros mensuales para las concurrentes.

Pensión máxima y base de cotización

El decreto establece la pensión máxima en 3.359,60 euros mensuales, lo que equivale a 47.034,40 euros anuales. Por su parte, la base máxima de cotización se fija en 5.101,20 euros mensuales, lo que representa un incremento del 3,9% respecto a 2024.

La asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza en 2025 los 5.962,80 euros al año, mientras que la asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 75% se sitúa en 8.942,40 euros anuales, un 2,7% más.

Congelación de cuotas para autónomos

La norma incorpora medidas adicionales en materia de Seguridad Social que ya estaban recogidas en el decreto ómnibus rechazado. Entre ellas destaca la congelación de las cuotas de autónomos para 2025, manteniendo las tarifas del año anterior según el sistema de cotización por ingresos reales.

Asimismo, se establece que los parados no tendrán obligación de presentar la declaración del IRPF y se amplían en diez años los plazos de los préstamos concedidos a la Seguridad Social. El decreto también fija las tarifas para la cotización por contingencias profesionales.

Compatibilización de pensión y trabajo para sanitarios

El decreto amplía durante un año más la posibilidad de que los facultativos de atención primaria, médicos de familia y pediatras adscritos al Sistema Nacional de Salud con nombramiento estatutario o funcionario puedan compatibilizar la pensión contributiva de jubilación con el trabajo.

Igualmente, la norma introduce una cotización adicional para los bomberos y agentes forestales con el fin de que puedan adelantar la edad de jubilación mediante la aplicación de coeficientes reductores, reconociendo así la penosidad de sus trabajos.

Actualización del MEI y la cuota de solidaridad

El decreto actualiza la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que se utiliza para nutrir el Fondo de Reserva de las pensiones. La sobrecotización del MEI se ha elevado al 0,9% en 2025, frente al 0,8% de 2024, tanto para autónomos como para asalariados, independientemente del importe de su salario.

Por su parte, la cuota de solidaridad, que entró en vigor en 2024 y estará completamente desplegada en 2045, consiste en una cotización adicional para la parte del salario que excede de la base máxima de cotización. Se aplica por tramos y de manera progresiva.

Los tipos de cotización de la cuota de solidaridad escalan en 2025 hasta el 1,15% para el tramo de salario hasta un 10% por encima de la base máxima, el 1,25% para el tramo entre un 10% y 50% superior a la base máxima, y el 1,46% para el tramo con salarios que sobrepasan más de un 50% la base máxima. Estos porcentajes eran del 0,92%, 1% y 1,17% respectivamente en 2024.

2 comentarios

Angelcaído Angelcaído | Hace 4 horas

QUEDAN EXACTAMENTE COMO ANTES ...de PRESENTAR UN ÓMNIBUS PARA COLAR PROTECCIÓN A OKUPAS.

El filósofo granadino El filósofo granadino | Hace 5 horas

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