El Consejo de Estado rechaza el decreto de reforma del registro de jornada porque no cumple con la normativa española y europea de protección de datos y rebasa la potestad reglamentaria al imponer nuevas obligaciones y cargas a las empresas que no recoge la ley que dice desarrollar.
Según el dictamen al que ha tenido acceso EFE, el Consejo de Estado en su reunión del pasado 19 de marzo rechazó el decreto con todos los votos a favor, salvo el de un consejero que ha emitido una opinión «parcialmente discrepante».
En concreto, el dictamen centra su rechazo en que los datos a los que ha de acceder la Inspección de Trabajo son «personales» y no se justifica debidamente a quien se comunicarán y cómo se protegerán de eventuales riesgos de accesos no autorizados.
En este sentido, dice que como el modelo no se ha desarrollado técnicamente, y se remite a una orden ministerial posterior, los riesgos son presentes y actuales y la norma proyectada no cumple con los requisitos que permitirían un tratamiento de los datos personales conforme a la normativa española y europea de protección de datos.
El dictamen señala que tampoco se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, al tiempo que incumple las exigencias propias del principio de reserva de ley e incurriría, por consiguiente, en causa de nulidad de pleno derecho, afectando ésta a la mayor parte del decreto.
El Consejo de Estado explica que la imposición de un registro digital para el control de la jornada vía reglamento supone «una innovación, en sentido técnico jurídico». Así, considera que este decreto «no se limita a complementar o desarrollar lo preceptuado en la ley de cobertura, sino que impone nuevas obligaciones y cargas a los empresarios y trabajadores, rebasando así el ámbito propio de la potestad reglamentaria».