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La deducción de Hacienda de 2.400 euros que se puede solicitar desde ya

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En un momento complicado para la economía doméstica de muchas familias, tras la vuelta al cole y los altos precios de la cesta de la compra, Hacienda cuenta con una deducción de hasta 2.400 euros a las que se pueden acoger desde ya dos tipos de categorías de familias en España.

Además de contar con permisos laborales o garantías de conciliación gracias a la Ley de Familias, las familias numerosas, es decir, aquellas que tienen tres o más hijos, también pueden acceder a deducciones fiscales desde el año 2015, tal y como recogen desde Noticias Trabajo.

Según explica la Agencia Tributaria en su página web, este beneficio fiscal por ser familia numerosa consiste en una "deducción de la cuota diferencial" que se puede aplicar a partir de la declaración de 2015, tanto si la declaración de la renta sale a pagar, como si sale a devolver o es de cero.

Las familias numerosas que forman parte de la categoría general (hasta cuatro hijos) podrán deducirse al año un máximo de 1.200 euros —100 euros al mes—. Asimismo, desde el IRPF de 2018 pueden sumar hasta 600 euros al año por hijo a partir del quinto, indican desde la Agencia Tributaria.

En todos los casos es necesario que el solicitante presente la declaración de la renta anual y cumpla una serie de requisitos, como que esté trabajando por cuenta propia o ajena, o bien cobre una prestación contributiva y asistencial del sistema de protección del desempleo o una pensión de la Seguridad Social o Clases Pasivas.

El documento a presentar para poder obtener esta deducción es el Modelo 143. Esta solicitud se puede hacer de dos maneras: individual, en el que solo hay una persona con derecho a la deducción o bien hay más de una persona con derecho a la deducción y cada una de ellas solicita el abono que le corresponde.

La segunda opción de solicitud es colectiva, donde hay más de una persona con derecho a la deducción por la misma familia numerosa y todas ceden su derecho a favor de una de ellas.

En este sentido, desde Hacienda aseguran que no es necesario presentar una nueva solicitud cada año, salvo que se quiera cambiar de modalidad individual a colectiva, o viceversa. En este caso, se debe presentar en el mes de enero, señalan.

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