El Ministerio de Sanidad y Política fiscal ha presentado a las Comunidades Autónomas el proyecto del Real decreto que fija por primera vez un tiempo máximo de espera de 180 días naturales para cinco tipos de intervenciones quirúrgicas -cardiaca valvular, cardiaca coronaria, cataratas, prótesis de cadera y prótesis de rodilla-, por el que quedarán homogeneizados los tiempos de espera de estos procesos en todas las Comunidades Autónomas y para todos los pacientes.
El proyecto de Decreto fue presentado ayer lunes en el Palacio de la Almudaina de Palma por la ministra de Sanidad Y Política Fiscal, Trinidad Jiménez, quien ha destacado el carácter "constructivo" y de "consenso" del encuentro en el que han participado todos los consejeros en materia de sanidad de las diferentes Comunidades Autónomas.
Obligado cumplimiento
Jiménez ha destacado que el proyecto de Decreto ha sido aprobado por unanimidad y que todas las Comunidades se han comprometido a respetar este plazo, que será de obligado cumplimiento, mediante las estrategias que cada región considere más oportunas.
La titular de Sanidad ha remarcado que este proyecto de Decreto es "un primer paso" que se irá desarrollando en el futuro para incorporar nuevos procesos, así como para rebajar los plazos marcados. En este sentido, ha puntualizado que el texto recoge que, previo acuerdo del Consejo Interterritorial, el Ministerio podrá revisar los tiempos máximos de espera.
Asimismo, ha subrayado que este avance supone que todos los pacientes, con independencia de la región en la que vivan, tendrán "el derecho" a ser atendidos en este plazo de seis meses. Además, ha apuntado que esta medida genera más "equidad" y "coherencia" en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
El texto define el tiempo máximo de acceso como el tiempo de espera, expresado en días naturales, que no podrá excederse para intervenir quirúrgicamente, atender consultas externas o realizar un procedimiento diagnóstico o terapéutico a un usuario del SNS. Este tiempo se contabilizará desde la fecha de entrada del usuario en el registro de lista de espera.
Para el establecimiento de los tiempos máximos de espera en la realización de determinadas intervenciones quirúrgicas se ha establecido como criterios la gravedad de las patologías motivo de la atención; si la operación es eficaz para incrementar la supervivencia del paciente; y si la realización temprana evita la progresión de la enfermedad o las secuelas de la misma.
La ministra ha detallado que el proyecto de Real Decreto especifica que, por sus características particulares, quedan excluidas una serie de intervenciones como los trasplantes de órganos y tejidos, cuya realización dependerá de la disponibilidad de órganos. Tampoco se acogen aquellas intervenciones que puedan requerir una espera para reunir las condiciones adecuadas para su realización, como es el caso de las relacionadas con las técnicas de reproducción humana asistida.
Del mismo modo, queda excluida la atención sanitaria de urgencia, incluidos los reimplantes de miembros y la atención a quemados, además de la atención sanitaria no incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud regulada.