El conseller de Administraciones Públicas, Simón Gornés, ha negado que el Govern esté obligando a los ayuntamientos de las islas a cambiar sus topónimos para "castellanizarlos" y ha matizado que la modificación planteada "sencillamente" otorga a los consistorios la posibilidad de decidir si utilizan sólo el catalán o bien si lo combinan con el castellano para el nombramiento de sus territorios, calles o núcleos de población.
Desde la Conselleria han recordado en un comunicado que el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Función Pública, que está en fase de exposición pública, tiene como objetivo principal que el conocimiento de la lengua catalana deje de ser un requisito para acceder a la Administración y se convierta en un mérito.
El Anteproyecto se ha elaborado en base al reconocimiento de las lenguas cooficiales de las Islas Baleares que recoge tanto el Estatuto de autonomía como la Constitución Española. El texto también plantea la jurisprudencia de varias sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional.
El redactado de la ley comprende cuatro disposiciones, de las cuales dos afectan otras leyes (la de Normalización Lingüística y la de Régimen Jurídico) que también deben cambiarse para que el texto sea "coherente" con el resto de la normativa relacionada con el uso y conocimiento del catalán, han precisado desde la Conselleria.
En este ámbito es donde se establece que los topónimos de Baleares podrán tener como forma oficial o bien la catalana o bien la castellana y la catalana de forma conjunta.
Asimismo, el anteproyecto señala que, "con el acuerdo previo del pleno del ayuntamiento correspondiente, cada consell insular (con el asesoramiento de la UIB), debe determinar los nombres oficiales de los municipios, territorios, núcleos de población, vías de comunicación interurbanas en general y topónimos de la comunidad autónoma".
Además, el texto también recoge de forma expresa que "los nombres de las vías urbanas los deben determinar los ayuntamientos correspondientes, también con el mencionado asesoramiento de la UIB, y deben dar preferencia a la toponimia popular tradicional y a los elementos culturales autónomos".
Cabe señalar que la ley actual marca que los topónimos de las Islas Baleares tienen como única forma oficial la catalana, y que corresponde al Govern determinar los nombres oficiales de los municipios, territorios, núcleos de población, vías de comunicación interurbanas en general, así como los topónimos de la comunidad, dejando a los consistorios la posibilidad de decidir sólo los que afectan a sus correspondientes vías urbanas.
En cualquier caso, la Conselleria ha recalcado que la modificación de la ley no implica "ninguna obligación", si bien sí "descentraliza" unas decisiones que, en caso de tomar en consideración, competerán en primer término a los propios ayuntamientos.