La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a seis años de cárcel al expárroco de Can Picafort, Pere Barceló, que confesó haber abusado sexualmente y de forma reiterada, entre 1997 y 1998, de una monaguilla que entonces contaba con diez años de edad.
El acusado aseguró sentirse «totalmente arrepentido» y aceptó tras ello que le fuera impuesta la anterior pena, frente a los 42 años de prisión que solicitaba la Fiscalía inicialmente para él. Durante el juicio celebrado el pasado día 4, el inculpado, Pedro Barceló, manifestó que «uno debe ser algo mejor» y deseó «lo mejor a ella y a su familia».
El Ministerio Público modificó así su escrito de acusación provisional al imputarle finalmente un solo delito continuado de agresión sexual. Además, el inculpado no podrá acercarse a la víctima, una vez salga de prisión, a una distancia inferior a 500 metros durante un periodo de cinco años.
En concreto, el sacerdote, quien fue destinado en junio de 1996 a ejercer su ministerio como párroco de la Iglesia de l'Assumpció de Maria, a principios de 1997 entabló relación con su víctima al acudir ésta a la catequesis de forma regular y realizar labores de monaguilla junto a otro grupo de menores.
La joven, que en la actualidad tiene 29 años, relató su experiencia entre lágrimas y, visiblemente afectada, recordó cómo en 1998 fue violada en más de diez ocasiones mientras le tapaba la boca y la sujetaba fuertemente para que no pudiera moverse ni escapar. «Cada vez que me veía me empezaba a tocar», manifestó.
En un primer momento, tal y como reconoció Barceló y relató la propia víctima, el eclesiástico, entonces administrador parroquial de Can Picafort, comenzó sentando a la menor en sus piernas, en una ocasión aprovechando el visionado de unas diapositivas de un viaje a Burundi para tocarle el pecho por encima de la ropa, así como las piernas y los muslos con la excusa de enseñarle a conducir.
Asimismo, el acusado aprovechaba las ocasiones en que los niños de la parroquia, en un ambiente distendido, jugaban al tenis, iban a la piscina del vecino o dormían la siesta en una de las habitaciones. En una de esas veces en que no había presencia de adultos, llevó a la menor a su habitación, comenzando a tocarla por encima de la ropa y besándola en la boca.
Los episodios tenían lugar en reiteradas ocasiones -de forma semanal-, normalmente en la habitación del acusado e incluso en el domicilio de sus padres, tal y como reconoció Barceló.
Ya en verano de 1997, el eclesiástico fue sorprendido cuando en el sofá de la parroquia abusaba de la menor, momento en el que no fue denunciado, por lo que ante la impunidad que esto le proporcionó y al transcurrir el tiempo sin consecuencias, a principios de 1998 llevó nuevamente a la monaguilla a su habitación, violándola hasta en diez ocasiones.
«Si contaba la verdad mis padres no me iban a creer»
La Fiscalía abrió una investigación a raíz del episodio del sofá, mientras Barceló advertía a la niña que «si decía algo lo pagaría caro». La propia joven relató durante el juicio que mintió en la declaración que prestó el 20 de julio de ese año al negar los hechos. «Al ser una persona superior lo ves como alguien de arriba», recordó, aseverando además que entonces pensaba que «si decía la verdad mis padres no me iban a creer».
«Cuando vine a declarar todo fue mentira», incidió la joven, quien explicó que fue más de cuatro años después, el 27 de noviembre de 2012, cuando denunció los hechos ante la Guardia Civil de Santa Margalida. «Lo solté porque ya no podía más», remachó.
Cabe recordar que, en marzo de 2011, el Obispado de Mallorca suspendió cautelarmente a Barceló después de que conociera el caso de otra mujer de Cala Ratjada que denunció que el sacerdote había abusado de ella cuando era párroco de la localidad.
El Tribunal Eclesiástico de Mallorca le declaró culpable de abusos sexuales a menores, por lo que se le impuso la máxima penal canónica, que es la expulsión del estado clerical. El Obispado de Mallorca argumentaba que la decisión de la Iglesia de declararle culpable se debía a «la comisión de delitos contra el sexto mandamiento del Decálogo con menores».
Con todo, el Tribunal consideraba «gravísimos los delitos», por lo que «le impone la pena máxima de la expulsión del estado clerical, prohibiendo totalmente el ejercicio de su ministerio sacerdotal». El Obispado justificó que el Tribunal Eclesiástico haberse atendido al ordenamiento jurídico vigente de la Iglesia de Mallorca, tras el proceso penal oportuno.