Las instalaciones agrícolas en suelo rústico común quedarán exoneradas del cumplimiento de todos los parámetros urbanísticos si sale adelante el anteproyecto de decreto de la Conselleria de Medi Ambient que está en fase de exposición pública.
Este era uno de los aspectos más polémicas de la ley agraria que aprobó el Govern del PP a iniciativa de Biel Company.
En el caso de la nueva ley, la exoneración será automática en suelo rústico común pero deberá ir acompañada de una declaración de interés general cuando la instalación agraria se ubique en suelo protegido. En la ley de Company, no se establecía esta diferencia.
No solo las instalaciones agrarias quedarán exentas de cumplir los parámetros urbanísticos que marca la ley; la medida de gracia incluye también a las instalaciones complementarias a la actividad agraria. Se podrán hacer ampliaciones limitadas siempre que las construcciones estén en suelo rústico común, Áreas de Interés Agrario (AIA) y Áreas de Transición (AT).
El conseller de Medi Ambient, Vicenç Vidal, reconoció que el documento ha generado un debate importante porque algunos sectores no ven con buenos ojos la exoneración, pero el defendió que debe facilitarse que las instalaciones agrarias, voluminosas por sí mismas, queden excluidas de las normas urbanísticas cuando están ubicadas en suelo eminentemente agrario, que es el suelo rústico común.