El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra la Ley de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.
El recurso, interpuesto por más de 50 diputados populares, hace referencia al artículo 50.1 y 2 de esta ley autonómica porque consideran que podría vulnerar el artículo 33 de la Constitución española (CE) que reconoce el derecho a la propiedad privada.
En concreto, el artículo de la Ley de caminos recurrido hace referencia a que la aprobación de los planes especiales o proyectos de rutas senderistas, cuando obtengan la homologación provisional, «lleva implícita la declaración de utilidad pública de los terrenos necesarios para ejecutarlos».
En su punto dos, dicho artículo establece que la disponibilidad de los terrenos necesarios para llevar a cabo los planes especiales o proyectos de rutas senderistas «derivará de la alienación o cesión voluntaria de las personas titulares».
Ahora, el Tribunal Constitucional ordena dar traslado de la demanda y demás documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Govern y Parlament para que se personen y puedan formular las alegaciones que consideren convenientes.