El Govern balear aprobado nuevas limitaciones de aforo de algunas actividades y así lo recoge la resolución que modifica al decreto de nueva normalidad que se ha publicado este lunes en el BOIB. Así, las ceremonias y celebraciones nupciales se pueden hacer en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, tanto en espacios al aire libre como en espacios cerrados, siempre que no se supere el 75 % de la capacidad; así como con un máximo de 250 personas en espacios al aire libre o de 150 en espacios cerrados.
Las actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación se pueden impartir de forma presencial siempre que no se supere una capacidad del 75 %. En el caso de utilización de vehículos, es obligatorio el uso de mascarilla tanto por el personal docente como por el alumnado o el resto de ocupantes del vehículo.
En los espectáculos, se recomienda la venta de entradas on line y sino es posible se debe pagar en efectivo. El uso de mascarilla es obligatorio en todo momento, tanto en espacios cerrados como en espacios abiertos, excepto si se permite el consumo de alimentos y / o bebidas; en este caso, se debe asegurar que se mantiene la distancia de seguridad interpersonal. Las puertas se abrirán con la antelación suficiente para permitir acceder al espacio de forma escalonada, y se fijarán franjas horarias adecuadas para el acceso. La salida del público se llevará a cabo de forma escalonada por zonas, y se debe garantizar la distancia entre personas.
Las actividades de ensayo o concierto de las agrupaciones corales y de las bandas de música se pueden llevar a cabo en grupos de un máximo de treinta personas. Los cantantes y los músicos deben utilizar mascarillas, salvo los músicos de viento.
Si las actuaciones tienen lugar en espacios interiores, la distancia mínima interpersonal entre cantantes o instrumentistas de viento y entre éstos y el público se ha de aumentar obligatoriamente hasta los tres metros, y se debe mantener la distancia mínima interpersonal de un metro y medio entre los miembros del público y el resto de componentes de la banda o el corazón.
Otra de las medidas adoptadas es la prohibición del uso de dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y productos a base de hierbas para fumar tales como pipas, XIX o asimilados en todos los locales de entretenimiento y restauración, y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.
Todos los establecimientos de entretenimiento y restauración no pueden cerrar después de las 2 de la madrugada. Una vez producido el cierre no se pueden reabrir hasta que no hayan transcurrido al menos cuatro horas.