La nueva normativa sobre el uso de las mascarillas no es lo suficientemente precisa a juicio de las empresas, que reclaman al Gobierno «directrices claras y concretas» que faciliten su regulación en los diferentes espacios de trabajo y eviten posibles conflictos laborales. El real decreto con las nuevas normas de uso se publicó este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con un texto que genera «confusión» e «inseguridad jurídica», según la Confederación de Asociaciones de Empresas de Baleares (CAEB). La patronal empresarial se quejó ayer de la escasa concreción del texto, que delega en las empresas la posibilidad de hacer obligatorias las mascarillas en función de lo que decidan los responsables en materia de prevención de riesgos laborales.
Concretamente, el texto establece que estos departamentos «de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas». Asimismo, el real decreto señala que, a priori y con carácter general, el uso de mascarilla no es preceptivo. La CAEB objetó que la COVID-19 es una enfermedad común y que por lo tanto no supone un riesgo de origen laboral (a excepción del ámbito sanitario), de modo que «no es apropiado dejar la responsabilidad de la decisión en manos de las empresas y sus servicios de prevención».
No es riesgo laboral
Al no tratarse de un riesgo laboral, razonó la patronal, no debería corresponder al departamento de prevención de riesgos laborales emitir un dictamen. Es más, señaló que la decisión sobre su uso debería tomarse en base al plan de contingencia de la empresa frente al virus: «si ninguna enfermedad común es contemplada en la evaluación de riesgos laborales ¿por qué debe serlo el COVID-19?». La patronal aclaró que por su parte, y con carácter general, se seguirá recomendando a los trabajadores el uso de la mascarilla en determinados supuestos como el del desarrollo de la actividad en espacios poco ventilados, con elevada concentración de personas o con imposibilidad de mantener una distancia de seguridad.
En una línea similar se expresó el presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Antonio Garamendi, quien rechazó que recaiga en las empresas la responsabilidad de posibles contagios. «Bajo ningún concepto vamos a aceptar que ahora sea responsabilidad de las empresas que mañana haya o no haya contagios», declaró para añadir que «es verdad que era el momento de quitar las mascarillas pero el índice de contagios todavía es alto». El presidente de la Confederación Empresarial Valenciana (CEV), Salvador Navarro, abundó en lo mismo en un acto compartido con Garamendi al señalar que «lógicamente nosotros no podemos ser responsables de lo que dice la ley en estos momentos».
Por su parte, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, insistió este miércoles en que los servicios de riesgos laborales deberán asumir la responsabilidad de la regulación del uso de mascarillas en función de las características del puesto de trabajo y no la evolución de la situación epidemiológica. Además, Darias recalcó que las excepciones se fijan en función de la vulnerabilidad de las personas frente al virus. «La regla general es que no son obligatorias», declaró para matizar que «si los servicios de riesgos laborales entienden que hay un riesgo habrá que hacerles caso». Los responsables sindicales sobre esta materia en Balears, Miguel Ángel Romero (UGT) y Marga Jiménez (CCOO), se pronunciaron al respecto alegando que la mascarilla debe ser considerada como un equipo de protección individual (EPI) si así lo dictaminan los servicios de prevención y descartando que esta cuestión vaya a ser motivo de conflictos laborales.
Las claves
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¿Dónde sigue siendo obligatoria?
El real decreto publicado ayer en el BOE establece la obligatoriedad del uso de mascarilla en los centros, servicios y establecimientos sanitarios por ser ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables. También en las residencias de mayores, por idénticos motivos, y en los medios de transporte por la concentración de mucha gente en espacios reducidos y a veces por largo tiempo. Quedan excluidos los andenes y estaciones de viajeros.
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¿Dónde se recomienda su uso?
En todos los espacios públicos cerrados con tránsito de personas y en eventos multitudinarios; en entornos familiares y reuniones privadas en función de la fragilidad de los participantes y, con carácter general, se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad a la COVID-19.
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¿Qué casos quedan exonerados del uso obligatorio?
Quedan exoneradas del uso en todos los ámbitos aún obligatorios aquellas personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla, con trastornos de conducta que lo desaconsejen o, por último, que no dispongan de autonomía para quitársela por sí mismas.