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Impuesto de sucesiones en Balears: ¿A quién afecta el cambio?

También es muy importante tener en cuenta la documentación que se debe aprobar

Imagen de la firma de una herencia. | Alexey Tulenkov

| Palma |

El Govern de Marga Prohens ha cumplido uno de sus compromisos electorales y ha eliminado el impuesto de donaciones y sucesiones en un Consell de Govern extraordinario celebrado este 18 de julio. Se trata de una medida que tiene un impacto directo entre los ciudadanos, por lo que es muy importante tener en cuenta a quiénes afectará exactamente. Muchos ciudadanos estaban renunciando a las herencias, ante la imposibilidad de hacer frente a los gastos que generaba.

En concreto, se suprime el pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones entre padres e hijos, abuelos y nietos, y cónyuges. En el caso de herencias entre hermanos o entre tíos y sobrinos en las que la persona fallecida no tenga descendientes, la reducción será del 50 %, y en el caso de tener descendientes la rebaja será del 25 %. La reforma se aplica tanto en transmisiones por causa de muerte como en herencias en virtud de los denominados pactos sucesorios o herencias en vida propios del derecho civil de las Islas. Cabe destacar que ya está en vigor, puesto que este pasado martes se publicó en el BOIB, tras su aprobación en el consell de govern extraordinario. No obstante, deberá convalidarse en el plazo de un mes por parte del Parlament.

Bienes inmuebles

Cuando se hereden bienes inmuebles, para la aplicación de la bonificación del 100 % se consignará en la escritura pública correspondiente el valor de los mismos, que no podrá superar en cada caso el valor real, es decir, el valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario o, cuando no exista valor de referencia o éste no pueda ser certificado por el catastro, el valor de mercado. Es muy importante tener en cuenta que esta bonificación no exime de la obligación de presentar la autoliquidación del impuesto, si bien el sujeto pasivo sólo debe presentar la copia autorizada de las disposiciones testamentarias si las hubiere y, en su defecto, testigo de la declaración de herederos. En el caso de sucesión intestada (se produce en el caso de inexistencia o invalidez de testamento del fallecido), si no está hecha la declaración judicial de herederos, debe presentarse una relación de los presuntos herederos con expresión del parentesco con el causante.

Para aplicar la rebaja del 50 %, se consignará en la escritura pública correspondiente el valor de los bienes inmuebles adquiridos, que no podrá superar en cada caso el valor real. Igual que en el caso anterior, esta bonificación no exime de la obligación de presentar la autoliquidación del impuesto.

La presidenta del Govern ha informado que con la aplicación de esta medida los ciudadanos de Balears que hereden a partir del 18 de julio dejarán de pagar 60 millones de euros con la supresión del impuesto de sucesiones. Además, ha destacado que Baleares será la comunidad con el impuesto de sucesiones más bajo de toda España y ha asegurado que esta rebaja fiscal no implicará recortes en otros departamentos del Ejecutivo.

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