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SENTENCIA

El Supremo corrige al TSJIB: un infarto en los vestuarios no es accidente laboral

Descarta indemnizar a un trabajador que falleció cuando se cambiaba de calzado

Imagen de archivo de una trabajadora ante las taquillas de un vestuario. El empleado fallecido solo había entrado para ponerse el calzado de seguridad | Foto: L. Pons Bedoya

| Palma |

Una sentencia del Tribunal Supremo deja sin una compensación a la viuda de un trabajador que murió de un infarto cuando estaba en el vestuario de la empresa sin haber fichado todavía. El Alto Tribunal casa una resolución previa del Tribunal Superior de Justicia que sí había considerado la muerte como un accidente laboral y que condenaba a la mutua a compensar por ello a la familia del fallecido. Para el Supremo, la clave es que el trabajador no había fichado todavía.

El finado tenía que incorporarse a su turno de trabajo en una empresa de combustibles a las ocho de la mañana del viernes 26 de julio de 2019. Como cada día, llegó diez minutos antes ya vestido con ropa de trabajo. Según su costumbre, fue al vestuario sólo para cambiarse de calzado y ponerse las botas de seguridad que debía llevar para su desempeño profesional. Después de ese cambio, era cuando accedía a la oficina de la empresa y allí fichaba.

Justo cuando se había calzado las botas sufrió un infarto. Sus compañeros y los servicios de emergencia intentaron reanimarle pero falleció en el acto. Tenía antecedentes de enfermedades cardiacas y, aunque apenas unas semanas antes la mutua le había declarado apto, seguía tratamiento médico de forma habitual.

El Tribunal Superior de Justicia entendió que se trataba de un accidente laboral. Esa sentencia indicaba que, aunque no había fichado aún, su presencia en el vestuario se debía a un motivo laboral: cumplir con las medidas de seguridad necesarias para llevar a cabo su función en la empresa. Planteaba que, en el momento en el que tuvo el infarto, no podía dedicar ese tiempo a una tarea no vinculada con sus obligaciones laborales.

La empresa recurrió ese fallo y, aunque la Fiscalía respaldaba la interpretación del TSJIB, el Supremo la revoca. Para el Alto Tribunal lo más importante es que el trabajador aún no había fichado. «El término legal tiempo de trabajo contiene una significación más concreta, referida a la necesidad de que el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo, en el que se presume que se ha comenzado a realizar algún tipo de actividad o esfuerzo, físico o intelectual, que determina una más fácil vinculación entre el accidente con el trabajo».

La sentencia del Supremo repasa casos similares: un trabajador fallecido mientras estaba en la pausa del bocadillo y que sí fue indemnizado porque este tiempo formaba parte de su jornada o otro, muerto también en el vestuario, pero que sí había fichado antes del siniestro.

Valora que el fallecido de Balears también concurren elementos que alejan el suceso de un accidente laboral. Así tiene en cuenta que padecía una enfermedad cardiaca desde hacía tiempo y que lo ocurrido no se vincula con un esfuerzo, «actividad o alteración de clase alguna», que tuviera que ver con su actividad laboral.

32 comentarios

Aficionado Aficionado | Hace un año

Viriatocómo ?? accidente initinere , por supuesto que un accidente camino del trabajo es un accidente laboral , se ve que hiciste pocos cursos de seguridad , evidentemente si vives en Mahón , y trabajas en sant Lluís , te vas a dar la vuelta alaior y te la pegas , no será accidente laboral , pero en una ruta coherente , por supuesto que lo es , ida y vuelta del trabajo

Viriato Viriato | Hace un año

Naturalmente que no lo es. Como tampoco lo es por ejemplo un accidente de tráfico camino del trabajo. Es absolutamente obvio. Son eventos casuales y accidentales, que nada tienen que ver con el concepto de accidente laboral, ya que no guardan relación alguna con el desempeño del puesto de trabajo en sí.

user Capdefava | Hace un año

Ga-TaAlgo de esto me toca saber, digo por mi trabajo...

MarBosch MarBosch | Hace un año

Això ho deixen en mans d'en García Castellón i fins i tot seria terrorisme, uep!!!!, sempre que hi hagi algun català pel mig i el responsable no sigui del PP, que per això el dugueren!!!!

user Ga-Ta | Hace un año

Cuanto abogadillo y/o graduadillo social experto veo por aquí... no habléis si no sabéis. Para eso están los profesionales (son sus posibles opiniones, claro).

user Nenufar | Hace un año

CapellSe puede pelear como enfermedad laboral, no como accidente Dentro de mi logica

user Pasmado | Hace un año

CapdefavaYo he pensado lo mismo que Ud. Creo que el redactor de la noticia se ha columpiado.

ANTONI ANTONI | Hace un año

En teoría cuando una persona va camino de su trabajo antes de empezar la jornada laboral y tiene un accidente , a este accidente se le considera accidente de trabajo porque ha ocurrido cuando ibas camino del trabajo, pero en el caso de que esta persona tenga un infarto en el trabajo antes de fichar, aquí en este caso no ha ocurrido ningún accidente y el infarto podría haber sido por su salud que estaba delicado del corazón, entonces ahí sí que entiendo la interpretación del Tribunal Supremo.

user Capell | Hace un año

Un compañero de trabajo, hace ya veinte años, le dio un infarto en mitad de la jornada, bueno se sintió mal y le acompañamos a la clínica, esperando en urgencia le dio el infarto, fue grave pero no murió, a día de hoy sigue vivo. Le dieron de baja permanente, pero no como accidente laboral, luchó para que se la dieran, pero nada.

user Antoni B.P. | Hace un año

Estos del TSJIB, no dan ni una. ¿Cómo se les nota el tufillo.

user cabrianes | Hace un año

Asi terminara todo con PP/VOX, todo privado, a poco a poco nos llevar a ello, cuando nos demos cuenta la tendremos metida , pero bien metida.

user Capdefava | Hace un año

Vaya por delante que considero esa resolución completamente injusta; Dicho esto, y a fin de esclarecer la confusión que provoca con la figura del "accidente itinere", creo que los juristas han entendido que no se trata de ningún accidente, sea o no sea itinere, sino una dolencia anterior al hecho que desgraciadamente tiene tan desgraciado resultado.

user Joan Pere | Hace un año

Josie ParkerSe nota qui segueix controlant el Tribunal Suprem.

Jota Jota | Hace un año

Sa madona des troçSi con el brebaje te refieres a la vacuna del covid, es que no has leido bien la noticia, el suceso ocurrió en 2019,y que yo sepa en esa época no habia brebaje todavía. De acuerdo que comentes en si la sentencia es justa o no, en si la aseguradora tenia razón o no, pero no inventes cosas que no ocurrieron por que ese sr desde luego vacunado no estaba.

user Selenita | Hace un año

Y el tiempo de itinerancia y encontrarse dentro de la empresa,como es posible? Es una verdadera injusticia del sistema "injusto" de España.

user Una | Hace un año

OscarVale todo por no pagar

user Eduardo | Hace un año

Claro que no , es un accidente vascular.

user Buff.. | Hace un año

Pero estaba DENTRO de su centro de trabajo...me parece una sentencia totalmente injusta para favorecer a los intereses de la mutua. Mi pésame a los familiares.

user Lanina | Hace un año

Pues no me parece nada justo, si en el trayecto de tu casa al trabajo o viceversa tienes un accidente se considera accidente laboral en itenere, pero si ya has llegado al trabajo y te estás poniendo las botas, botas que te ha dado la empresa y que te obliga a llevar, en ese momento te pasa algo ya no es responsabilidad de la empresa???? NO ME PARECE JUSTO

user Gus | Hace un año

Osea, 30 minutos antes, si te desplazas al curro o 30 minutos después de salir del curro a tu domicilio se considera in itinere cualquier accidente y llegas 10 minutos antes, estás en el vestuario, poniéndote el calzado de seguridad como obliga la empresa y el alto tribunal dice que no es accidente laboral, que el fallecido tenía problemas cardiacos y que esa fue la causa de la muerte, son unos genios, unos iluminados, a parte de jueces son médicos forenses, y la pregunta es ¿Por qué no le dieron la incapacidad permanente si se sabía que tenía serios problemas cardiacos y así no hubiese muerto en su lugar de trabajo? La respuesta es fácil, tenemos que trabajar muchos mucho para pagar el sueldo de estos jueces, fiscales, abogados de oficio y tanta paguita de esos que nunca han cotizado y que nunca piensan hacerlo. Sistema corrupto, obsoleto, anticuado, improductivo, que sólo beneficia a unos pocos en perjuicio de la mayoría.

user MISCO JONES | Hace un año

Sa justícia sempre defensant es més “dèbil” a n es casos de treballadors i empreses. Perquè serà que ningú se sorprèn ja? Des de es moment que ets a sa feina per entrar, es que ja ets a sa feina. Si un jutge se posa sa bata per fer feina, encara no ha fitxat?

user Nickname | Hace un año

No tiene sentido que de camino al trabajo se considere accidente laboral y en el vestuario de las instalaciones donde trabaja no lo sea.

A ver si aceptamos la libertad de expresión A ver si aceptamos la libertad de expresión | Hace un año

Solo faltaría macho. A este paso ya cualquier cosa va a ser culpa del empresario. No sé como no se les quitan las ganas de serlo.

ABB ABB | Hace un año

Un cambio de zapatos no es accidente laboral. Normal la corrección del Supremo

user mallorcareloaded | Hace un año

todos los trabajos tienen estress, al momento de cobrar a principios de mes tienes el estres de hacer magia para que te llegue a fin de mes el dinero. eo si provoca infartos.

Josie Parker Josie Parker | Hace un año

Se nota quien manda ahora

user Oscar | Hace un año

Pues me lo tiene que explicar alguien más experto en Derecho que yo, pues si se considera accidente de trabaja In Itinere el trayecto desde tu casa al puesto de trabajo.... más cerca que el vestuario de tu empresa para ponerte los zapatos de seguridad, no creo que sea posible. Y por supuesto, y ante todo, mis condolencias a los familiares.

user Nenufar | Hace un año

Supongo lo deberían pasar como enfermedad laboral si existe estressen el trabajo. Que esta presente en multitud de trabajos

user Sa madona des troç | Hace un año

Le coaccionaron el la empresa para que se inyectase el brebaje? Yo de la familia, rascaría por ahí.

Malik Malik | Hace un año

Osea que si se tiene un accidente camino al trabajo si es accidente laboral pero si te pones las botas de trabajo en el trabajo antes de fichar, no. Cada día la justicia es más lúcida.

user guillem | Hace un año

Quin oi de sistema judicial que patim, com més alta es la instància judicial que dicta les sentències, més contraries resulten pel bé comú i pels interessos de la gent més vulnerable. Hi ha jutges espanyols que no fan justícia, simplement emeten "fallos judicials".

Jota Jota | Hace un año

No se consideraria accidente in itinere? Ya que el empleado estaba desplazandose a su lugar de trabajo. Creo que esa decision del supremo, puede ser recurrida en amparo por el constitucional, e incluso por el TJUE ya que no se ajusta a derecho, sino unicamente a los intereses de la aseguradora y la empresa

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