La Ley de Amnistía «contradice y elimina los pilares esenciales de nuestro ordenamiento constitucional». El Consell Consultiu avala que el Govern lleve ante el Tribunal Constitucional la norma, aunque lo hace con un voto particular que plantea que la iniciativa se limita a seguir órdenes nacionales del Partido Popular.
El dictamen mayoritario, redactado por el presidente de la institución, Felio Bauzà, admite que la situación generada por el Procés es excepcional. «Lo que no es admisible es que sea, por sí sola, fundamento de la exención de responsabilidades» y considera que la norma es «inconciliable con la igualdad y la justicia»: «No deberían tener estos ciudadanos, a los que se destina la Ley Orgánica, una mejor condición procesal que otros, por tratarse de unos privilegios inadmisibles».
Tilda de «arbitraria» la norma y advierte que supone una reforma de la Constitución encubierta, «sin que se hayan seguido los cauces procedimentales previstos». En ese sentido, considera que la Constitución excluye de forma clara las amnistías al no recogerlas en su articulado. «La amnistía no es un asunto de democracia representativa, sino de democracia constitucional. Al ser una excepción al principio de separación de poderes, verdadera clave de bóveda del Estado de Derecho, tiene que estar expresamente prevista». En ese desborde del Estado de Derecho, el dictamen señala: «La voluntad mayoritaria de una cámara de representantes no tiene por qué identificarse con la voluntad general, ni mucho menos con el interés general». Eso sí, advierte que aunque sea declarada inconstitucional, la ley «tendrá efectos» en la práctica.
Sobre la legitimación del Govern para llevar la norma al Constitucional, el Consultiu considera que es «evidente» desde el momento en que una ley de las Cortes Generales «lesiona el principio de igualdad»: «No es admisible, en un estado de derecho, que las diferentes administraciones regionales no operen bajo las mismas reglas constitucionales, rompiendo con la igualdad de todos los españoles ante la ley. La Ley Orgánica reconoce unos privilegios y unas excepciones exorbitantes a unos ciudadanos y a otros no, por el hecho de haber realizado unas conductas o cometido unos delitos en una comunidad autónoma en concreto, Catalunya, y en el contexto del proceso independentista. No se puede permitir por ser contrario a la Constitución».
Voto particular
El voto particular, firmado por los consellers Antoni Diéguez, María de los Ángeles Berrocal, Lourdes Aguiló y María Ballester, discrepa de las dos conclusiones: ni la amnistía es inconstitucional ni Balears tiene legitimidad para recurrirla. «Lo que se pretende del Consultiu es que confección el ropaje jurídico con el que vestir lo que es una discrepancia política», señala y critica que el acuerdo del Consell de Govern para interponer el recurso no esté acompañado de un informe jurídico previo. «Esta orfandad merecía un reproche», sostienen y añaden que «se implora un padrinazgo que le permita pasar el trámite de admisión ante el Constitucional».
Los discrepantes critican la «dureza» del dictamen, «que no es propia de la función consultiva y unos razonamientos más propios del debate político que de la argumentación técnica y jurídica».