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Condiciones para acogerse al programa Lloguer Segur del Govern

Entre algunas de las condiciones están la de ser residente de Mallorca por más de 5 años o no estar emparentado con el propietario del inmueble

En la presentación se puede observar el ahorro del inquilino y el beneficio del propietario.

| Palma |

Este martes el Govern ha anunciado una de sus medidas estelares en lo que se refiere a materia de vivienda: el plan «Lloguer Segur». Este programa, tal y como ha anunciado la presidenta Marga Prohens durante la presentación de la iniciativa, pretende poner en alquiler más de 2.000 pisos a un precio máximo de 1.050 euros. Dichas viviendas serían propiedad de pequeños tenedores que, por razones de inseguridad o de impagos, tienen miedo de sacar sus propiedades al mercado. Sin embargo, a fin de incentivarles, el Govern aplicará desgravaciones fiscales en la declaración del IRPF mediante la reducción del 70% que establece la Ley estatal por alquilar vivienda social a las administraciones. Además, el ejecutivo balear también asumirá el 30% del precio del alquiler, dejando solo el 70% al inquilino.

Así, con este nuevo plan que ya se planea comenzar a mover el próximo noviembre, tan sólo queda preguntarse qué personas podrán adherirse a esta iniciativa. Estas son las condiciones que ha impuesto el Govern:

- Ser residente en Baleares por más de 5 años

- No deberán ser propietarios ni titulares de un derecho real de uso o disfrute, de una vivienda en la isla donde se desea alquilar la vivienda

- La renta de los inquilinos no podrá ser mayor a 6,5 veces el IPREM ponderado: 60.667 euros para un inquilino y 68.250 euros para una pareja

- No se deberá tener parentesco de hasta tercer grado con el propietario.

Desde el Govern han indicado que los inquilinos deberán empadronarse en la vivienda alquilada y tendrán que presentar, al igual que un alquiler particular, el contrato de trabajo, aval, IRPF de años anteriores, además del pago de la fianza, en este caso una mensualidad. Además, también se les exigirán que, vez abandonen el piso, lo dejen de la misma forma en el que se lo encontraron, y no tendrán derecho a subarrendar el piso. Los suministros individualizados también irán a cuenta del inquilino.

Igualmente, a lo que se refiere a los pisos en sí, solo se podrán alquilar aquellos que tengan una antigüedad mínima de 3 años, que haya estado vacíos al menos 6 meses, tenga suministro de agua y electricidad y además estén listos para entrada inmediata. En lo que respecta a los propietarios, estos asumirán el impuesto sobre Bienes Inmuebles y los gastos comunitarios, y además no podrán ser grandes tenedores ni tener ningún tipo de deuda con la comunidad.

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