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TURISMO

Novedades importantes para los turistas: estos son los datos que tendrán que dar desde este lunes

Las agencias de viajes rechazan esta medida implantada por el Ministerio del Interior

Los turistas tendrán que dar muchos datos. | Jaume Morey

| Palma |

Novedades importantes para los turistas: desde este lunes, 2 de diciembre, tendrán que facilitar numerosos datos al Ministerio del Interior. Esto se debe a la entrada en vigor la aplicación del Real Decreto 933/2021 por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. En concreto, tendrán que facilitar a la plataforma Ses.Hospedajes los datos solicitados. Las que no lo hagan de forma adecuada se enfrentan a multas de hasta 30.000 euros.

Las Agencias de Viajes rechazan rotundamente tener que dar al Ministerio del Interior tantos datos de sus clientes. El presidente de Aviba, Pedro Fiol, advierte que el hecho de que las empresas españolas tengan que dar tanta información personal de sus clientes les hará perder turistas, ya que en el resto de Europa no se aplica esa normativa. Sin embargo, el Ministerio Interior asegura que se respeta el principio de transparencia y eficiencia, al tiempo que rechaza que «se hayan incluido cargas administrativas innecesarias o accesorias». A su modo de ver, esta medida «ni evitará ni disuadirá ningún posible atentado. Los terroristas con nombres y apellidos no se alojarán a cara descubierta en ningún hotel rodeado de turistas. La medida vulnera todos los principios de privacidad de nuestros clientes: Europa deberá actuar», exige Fiol. En su opinión, «será más fácil hacer la declaración de la renta antes que reservar un hotel».

¿Qué datos tendrán que facilitar?

En el caso concreto de los viajeros, las empresas tendrán que facilitar el nombre completo, sexo, número de documento de identidad, tipo de documento (DNI, pasaporte, TIE), nacionalidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia habitual (dirección completa, localidad y país), teléfono fijo y móvil, correo electrónico, número de viajeros y relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad).

Además, será preciso dar datos de la transacción. En concreto, el contrato (número de referencia, fecha y firmas), datos de ejecución del contrato (fecha de y hora de entrada y fecha y hora de salida) y datos del pago (tipo, identificación del medio de pago como tipo de tarjeta y número, titular del medio de pago, fecha de caducidad de la tarjeta y fecha de pago).

Por su parte, la empresa arrendadora está obligada a dar el nombre o razón social del titular, CIF o NIF, municipio, provincia, teléfono fijo y/o móvil, dirección de correo electrónico, web de la empresa y url para identificar el anuncio.

En el caso de los datos del establecimiento, se requiere el tipo de establecimiento, denominación, dirección completa, código postal, localidad y provincia. Es importante tener en cuenta para los alojamiento no profesionales varían algunos datos, incluyendo nombre completo, sexo y DNI del titular del inmueble, así como número de habitaciones o conexión a internet del establecimiento. En el caso del alquiler de vehículos, los datos a aportar son parecidos a los de hospedaje, aunque también hay que facilitar la información correspondiente del conductor principal y del segundo conductor, en el caso de que lo haya.

Desconocimiento total

El presidente de Aviba asegura que el sector tiene un desconocomiento total de la aplicación de esta normativa. «Muchas son empresas pequeñas, a las que se les obliga a tener que incorporar de forma manual una gran carga informativa», lamenta.

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