Los pagos con bizum se han generalizado y se han convertido en uno de los métodos más habituales. Como suele ser habitual en estos casos, no falta la picaresca y la Agencia Tributaria advierte que están circulando todo tipo de bulos, que están causando mucha confusión entre los contribuentes, que estos días tienen que rendir cuentas con Hacienda y presentar la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente a 2024.
En este sentido, desde la Agencia Tributaria resaltan que no hay ninguna cantidad a partir de la que se tengan que declarar los pagos realizados mediante Bizum, ya que se trata de un simple método de pago, al igual que cualquier otro, como la tarjeta de crédito. Lo que se tienen que declarar son las actividades que se realizan, concretamente, cuando hay algún tipo de rendimiento.
De este modo, desde la Agencia Tributaria ponen como ejemplo que si un autónomo o un empresario cobran un servicio mediante Bizum, evidentemente lo tienen que declarar a Hacienda. Pero, en ningún caso, el cliente tiene que declarar que ha pagado una sesión de peluquería o unos zapatos mediante bizum.
Del mismo modo, las citadas fuentes señalan que no es necesario declarar en la renta los pagos de Bizum que se realizan a amigos, por ejemplo, cuando uno paga la cena de todos o un regalo de cumpleaños.
Una de los bulos más habituales que están circulando durante estos días es que si durante el último año se han realizado pagos por un valor conjunto superior a 10.000 euros se tiene que declarar a Hacienda. También es totalmente falso. Desde la Agencia Tributaria han señalado que este bulo puede partir de la obligatoriedad de informar a Hacienda, mediante la cumplimentación de un modelo específico, cuando se van a mover en efectivo en España 10.000 euros ó 100.000 fuera del país.