El Govern deberá indemnizar con 20.000 euros a la familia de un alumno de primero de la ESO por los daños que le causó una situación prolongada de acoso escolar a la que, a lo largo de dos cursos, el instituto no fue capaz de responder. La falta de reacción del centro educativo fue clamorosa, según la sentencia y, cuando actuó, lo hizo de manera incorrecta, según la resolución. Tampoco ha sido rápida la reacción judicial: los hechos se remontan a los años 2017 a 2019 y hace un lustro que la familia interpuso la demanda judicial.
Cuando el menor ingresó en el instituto para cursar primero de la ESO ya tenía información desde el colegio de que se trataba de un alumno sin habilidades sociales y con dificultades para comunicarse. El TSJIB reprocha que se actuara de inicio para ayudar a su integración ni cuando el alumno denunció que otros compañeros le insultaban: «Ójala te mueras de la gordo que eres»; «eres como los comecocos pero en gordo»; «eres más gordo que Doraemon». Desde dos meses después de su ingreso en el instituto, el alumno necesitó ayuda psicológica. Incluso, en su primer curso se produjo una agresión en el patio, cuando otro alumno le golpeó. El centro no actuó entonces ni activó ningún programa contra el acoso.
En el curso siguiente la situación se mantuvo a pesar de denuncias de otros alumnos y de otro episodio de agresión: en ese caso fue golpeado en la parada del autobús escolar y esa escena fue grabada en vídeo por otros alumnos que lo hicieron circular. El protocolo no se activó hasta 2019 y el TSJIB concluye que, además, de forma incorrecta. «En ese marco de confusiones y deficiencias, el instituto incluso le sancionó por insultos». De hecho, la tesis del equipo directivo es que el alumno era agredido, pero también agresor. Ese es el principal reproche que realiza la sentencia a su actuación. «Ciertamente sí que hacía frente al acoso, esto es, se defendía, o lo intentaba al menos. Nunca es lo mismo agredir que defenderse», señala la sentencia que añade: «No era correcto concluir que era víctima de acoso escolar y agresor al mismo tiempo. Era una víctima activa, con estrés que arrastraba desde la educación primaria». Para los magistrados del TSJIB el instituto actuó en un marco de «confusiones y deficiencias» y solo tomó medidas ocasionales y reactivas. Reprocha que ni avisara a la inspección educativa ni activara a tiempo el protocolo.
De esta manera entiende que sí se produjo una responsabilidad de la administración en los daños del menor: «En primer lugar porque le causó experiencia de indefensión y, además, porque se robustecía así al agresor, que podía apreciar que faltaban consecuencias ante los hechos que se venían produciendo». La sentencia también considera una medida muy desacertada que, parte de la reacción fuera vigilar al menor agredido, «dificultándole hasta la relación con sus propios compañeros». Los magistrados advierten que el acoso escolar «es violencia que, a fuerza de repetirse, se normaliza y se vuelve cotidiana», a lo que suman: «La normalización del acoso escolar conlleva una insensibilización y pérdida de empatía hacia la víctima por parte de los que agreden, por parte de los que los secundan y por parte de los que lo perciben y lo ven». Ahí incluyen a ese centro.
Ya que lo pagamos entre todos, deberíamos conocer: Centro, personal del centro responsable de la condena y que acciones toma la consellería hacia estas personas por no cumplir con su deber y en consecuencia perjudicar a las arcas públicas. Y si quieren anonimato que lo paguen de sus bolsillos.