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El Constitucional anula el decreto que corregía un fallo del PP en el Parlament

El Tribunal critica la actuación para aprobar una norma que limitaba el requisito del catalán aunque no entra en el fondo del recurso porque los artículos se llevaron a otra ley

La portavoz de Vox, Manuela Cañadas, en el pleno del error del PP. | Foto: M. À. Cañellas - M.A. CAÑELLAS

| Palma |

El Tribunal Constitucional anula el parche que empleó el Partido Popular para corregir su error en una votación en el Parlament. En noviembre de 2024, los populares aprobaron sin querer varias enmiendas de Vox que, por ejemplo, introducían limitaciones en el catalán en la educación en medio de la tramitación de una norma de simplificación administrativa para conseguir suelo. Como corrección se aprobó más tarde otro decreto ley que es del que el Constitucional invalida varios artículos, entre ellos el que restringía el requisito del catalán. Sin embargo, más allá del tirón de orejas formal del Constitucional, la sentencia tiene poco valor práctico porque esas mismas disposiciones ahora anuladas fueron reiteradas más tarde en otras normativas, por lo que seguirán en vigor a la espera de otra sentencia del Alto Tribunal.

Los magistrados estiman el recurso de inconstitucionalidad impulsado por la OCB y presentado por más de cincuenta diputados de los grupos parlamentarios socialista, Sumar y mixto del Congreso contra la norma. La sentencia valora que la justificación para promover ese decreto-ley es insuficiente y que no se cumplen con los requisitos de urgencia y necesidad para poder poner en marcha esa fórmula legislativa abreviada.

El decreto se justificaba ante la necesidad de corregir un «error humano, público y notorio» que llevaba a que la norma aprobada en el Parlament no reflejara «la verdadera voluntad de la mayoría parlamentaria» y que, de no corregirse se podían generar efectos contrarios al interés general y a la seguridad jurídica. Para el Constitucional esta justificación no basta. Valora que se trata de un desacuerdo del Govern con el resultado de una votación parlamentaria y señala que aceptar lo contrario equivaldría a poner en marcha un mecanismo gubernamental para enmendar la actuación legislativa del parlamento.

Ante un error, sugiere el Constitucional, era el Parlament quien tendría que arbitrar los mecanismos para su solución, como por ejemplo, con un mecanismo legislativo de urgencia o de lectura única.
Como los artículos fueron arrastrados a otra normativa, el Constitucional no entra en el fondo sobre las limitaciones al requisito del catalán, algo que ya ocurrió en el mes de mayo, cuando sí validó las formas legislativas del Govern pero tampoco entró en el fondo del asunto. Queda en pie por resolver un tercer recurso similar contra el siguiente decreto en el que se incluyeron esos artículo. La OCB espera que esta vez sí se entre en el fondo.

2 comentarios

Jota Jota | Hace 3 horas

Pero al final si es obligatorio el uso del Catalan segun ese decreto o no. Porque han dado tantas vueltas al asunto que me perdi el la noticia.

user Joan | Hace 4 horas

menudo "Constitucional" de mierda, que libera asesinos y nos degrada como sociedad

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