El Govern declara la guerra al los pisos patera y a las infraviviendas con un endurecimiento de las sanciones a los propietarios que abusen de sus inquilinos con el alquiler de pisos que no reúnen las mínimas condiciones de habitabilidad. El PP ha introducido una serie de modificaciones a la ley de vivienda del anterior Govern con una nuevo régimen sancionador que establece multas ejemplares a los abusadores inmobiliarios.
Lo hace a través de enmiendas que ahora mismo han decaído, pero que muy probablemente se recuperarán de nuevo este miércoles en la Mesa del Parlament. El PP ha presentado estas propuesta de modificación sin tener augurado el voto de Vox, pero confía en que no haya problemas para su aprobación cuando comiencen a negociar.
Lo que dice el PP es que la explotación económica de espacios considerados viviendas sobreocupadas, los ‘pisos patera’ pasará a ser considerada una falta muy grave y no grave, como hasta ahora.
Las multas
La novedad no es la sobreocupación, que ya se menciona en la ley en vigor, sino que la redacción especifica la explotación económica, es decir que haya beneficio económico por parte del infractor. Lo mismo pasa con las infraviviendas, pero además hay otro añadido: ambas estaban en la categoría de infracciones graves y ahora pasarán a ser muy graves, lo que supone que las sanciones se triplican: hasta ahora eran de 10.001 a 30.000 euros y ahora serán de 30.001 a 90.000 por cada uno de los pisos detectados.
La ley también establece que, si el beneficio obtenido por cometer la infracción es superior al de la multa, la sanción se incrementará en la cuantía equivalente al beneficio.
De esta manera, se refuerza y clarifica la ley, puesto que en la redacción actual vigente del artículo relativo a las infracciones muy graves no existía el concepto de explotación económica. Por otra parte, a través de la enmienda, se mejora la definición de infravivienda para incorporar cualquier parte de una estructura o instalación, incluso desmontable, que se utilice con fines residenciales sin cumplir las condiciones mínimas de habitabilidad. Este cambio permite actuar con mayor claridad jurídica contra realidades como los llamados pisos patera, las subdivisiones ilegales o asentamientos precarios. Se refuerza la capacidad de inspección y sanción de la Administración.
Además de estas medidas en contra del chabolismo de pago, la enmienda modifica el régimen de acceso y transmisión de la vivienda protegida. Por un lado, establece que el requisito de cinco años de residencia deberá cumplirse en el momento de formalizar la compraventa o el arrendamiento, también en segundas y posteriores transmisiones, lo que busca cerrar posibles vías de fraude. Por otro, introduce excepciones a este requisito para empleados públicos desplazados, como sanitarios, docentes, fuerzas de seguridad o personal de justicia.
En conjunto, la enmienda supone un endurecimiento frente a los usos irregulares de la vivienda, especialmente en lo que respecta a infravivienda y sobreocupación; y por otro, un mayor control en el acceso y uso de la vivienda protegida.
A ver si es verdad !!!