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Renta 2025

Declaración de la Renta: Este es el error más común y así puedes evitarlo

José Manuel Tous, economista de Tous y Solís Asesores, explica las claves para que los contribuyentes puedan obtener el mejor resultado

Se aproxima el momento de rendir cuentas con Hacienda. | Foto: Efe

| Palma |

La campaña de la Renta y Patrimonio 2025 se aproxima y muchos contribuyentes ya empiezan a revisar la documentación para rendir cuentas con Hacienda. José Manuel Tous, economista de Tous y Solís Asesores, advierte que hay un error muy común, pero muy fácil de evitar; medida con la que se consigue obtener un resultado mucho más favorable para el contribuyente.

«Uno de los errores más habituales en el IRPF es no presentar la declaración de la renta por considerar, erróneamente, que no se alcanza el umbral que obliga a declarar (22.000 euros anuales con un solo pagador o 15.876 euros con dos o más pagadores. Estos límites se determinan en función de los rendimientos íntegros del trabajo, es decir, antes de descontar las retenciones de IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social. Dado que el importe neto percibido es inferior al bruto, muchos contribuyentes tienen la percepción de haber cobrado anualmente menos de esos límites, lo que les lleva a la conclusión equivocada de que no están obligados a presentar la declaración», avisa.

Otros errores

El economista explica que hay otros errores frecuentes que pueden dar lugar a una menor devolución o incluso a una liquidación provisional por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), solicitando la devolución de cantidades indebidamente percibidas o dejadas de ingresar. Una de las más destacadas es realizar la declaración conjunta con hijos sin existir matrimonio, pese a convivir toda la unidad familiar.

Otros fallos habituales son aplicar el 100 % del mínimo por descendientes en situaciones de custodia compartida; así como aplicar incorrectamente deducciones familiares (madre trabajadora, familia numerosa, etc.).

También suelen ser frecuentes los errores en el cálculo u omisión de ganancias patrimoniales, tales como la venta de acciones o inmuebles. Además, se suelen omitir gastos deducibles, como las cuotas sindicales, gastos de defensa jurídica, no incluir gastos y amortizaciones en el arrendamiento de inmuebles, etc.

«Para evitar estos errores, es fundamental revisar detenidamente el borrador antes de su presentación. En particular, debe comprobarse el importe íntegro de los rendimientos del trabajo y el resto de datos personales y económicos incluidos. Si el borrador no refleja correctamente la situación tributaria, es imprescindible modificarlo antes de confirmarlo», expresa Tous. En este punto, resalta que «confirmar el borrador sin revisarlo sigue siendo también uno de los errores más comunes».

Por último, recuerda que «la AEAT suele actuar cuando existe un perjuicio económico para la Administración, ya sea por ingresar menos de lo debido o por solicitar devoluciones superiores a las que corresponden. En estos casos, la regularización puede implicar no solo la devolución de las cantidades, sino también la imposición de sanciones e intereses de demora».

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