En marzo de 2024 la Audiencia Nacional ordenó la demolición forzosa de la piscina del periodista Pedro J. Ramírez en la Costa dels Pins (Son Servera). De esta manera, la sala de lo Contencioso rechazaba los recursos promovidos por el periodista y su hijo en un último intento de 'salvar' la piscina. No en vano, desde mayo de 2021 el Tribual Supremo anuló la concesión y la prórroga que amparaba la piscina, el embarcadero y la terraza. Pese a las dos resoluciones judiciales, una de hace dos años y otra de hace cinco, el mamotreto en la Costa del Pins invadiendo el dominio público marítimo-terrestre continua allí.
La decisión de la dirección general de Costas del Govern, conocida hoy, da un paso más para que de una vez por todas se ejecute la sentencia, pero hay que retroceder más de dos décadas para conocer el origen de la denuncia y la larga batalla judicial que emprendieron activistas y ecologistas de la Isla para denunciar la privatización de la costa de Mallorca.
Un artículo en la revista Habitania donde se mostraban las casas de algunos personajes famosos fue el detonante cuando Jaume Sastre y otros activistas se percataron del chalet y la piscina sobre las rocas del periodista Pedro J. Ramírez y su entonces esposa, Agatha Ruiz de la Prada, en la Costa dels Pins. Así, el mes de julio de 2004 el Lobby per la Independència junto a los ecologistas de Gadma intentaron convocar un acto en las rocas junto a la piscina de la Costa dels Pins, para denunciar la privatización de la costa.
El entonces delegado del Gobierno, Ramon Socias, denegó la petición de la convocatoria por lo que un mes después (13 de agosto de 2004) Jaume Sastre, Josep Palou, Bernat Fiol y el diputado de ERC Joan Puig convocaron una rueda de prensa en el Mirador denunciando que la piscina era ilegal por estar construida sobre las rocas, «invadir el dominio público marítimo terrestre e impedir el derecho de paso». Tras la rueda de prensa, los convocantes intentaron ‘nadar' en la piscina ya que «es de uso público y gratuito». Al prohibírseles el paso, se levantó acta notarial y se llevó el caso a los juzgados, donde Sastre sería condenado por «coacciones» al periodista.
La casa con la piscina había sido adquirida por Pedro J. Ramírez y su esposa años antes. En 2001, el entonces ministro de Medio Ambiente Jaume Matas firmó una orden que otorgaba a Giuliana Arioli (antigua propietaria) una prórroga de la concesión por 15 años, pero esta nunca fue publicada en el BOE. A partir de ahí se originó un cruce de recursos, demandas y querellas que involucró no solo al ministro Matas (del PP), sino también a la ministra Cristina Narbona (PSOE).
En abril de 2006 Pedro J. Ramírez propuso al ministerio transformar la piscina en una instalación «ecológicamente sostenible» que podría ser visitada por los escolares de Son Servera durante los meses de invierno. El Lobby, al conocer la propuesta, sostuvo que la ley de Costas prohibía otorgar concesiones de este tipo. Es más, la ministra Narbona reconoció que la piscina de Son Servera era una caso «singular» porque el Ministerio no había tramitado concesiones similares desde la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988.
El primer revés judicial para el periodista llegó en 2013 cuando el Tribunal Supremo dictaminó que la piscina era de uso público, por lo que desestimaba los recursos contra el fallo de la Audiencia Nacional del 14 de mayo de 2009 que ya habían concluido que la piscina era pública e invadía suelo público. Con ello anulaba las órdenes ministeriales de mayo de 2005, que suspendía el uso público de la piscina hasta aprobar el ‘proyecto escolar' antes citado. Y una segunda de julio de 2006 que rectificaba la suspensión de uso público. También hubo revés para el Lobby en esta sentencia ya que no se reconoció la petición de la nulidad de la concesión otorgada por Jaume Matas.
El periplo judicial continuó cuando en junio de 2016 la Audiencia Nacional revocó la prórroga concedida por el Ministerio en 2014 y 2016 para que ocupara el dominio público terrestre. La sentencia consideraba que la Administración no había justificado ningún motivo para permitir el uso exclusivo de dominio público. Dicha decisión fue recurrida y un año después, en mayo de 2022, el Tribunal Supremo zanjó el caso ya que inadmitió el recurso del periodista por lo que estimaba que la zona debía recuperar la imagen original ya que es «la única manera en la que queda garantizado el disfrute del dominio público marítimo terrestre por todas las personas y para todos los usos comunes y acordes con la naturaleza».
La decisión volvió a ser recurrida por el periodista y su hijo Tristán hasta que en marzo de 2024 la Audiencia Nacional ordenó la demolición forzosa de la piscina. Más de dos años después, todavía no se ha ejecutado.
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