El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado que el Govern obró conforme a Derecho al denegar la solicitud presentada por un farmacéutico de Sant Climent para trasladar su negocio, abierto desde julio de 1995, hasta el centro de Maó.
La Conselleria de Salud y Consumo desautorizó en mayo de 2011 el traslado de la única farmacia que existe en el núcleo de Sant Climent al considerar, de un lado, que la solicitud no reúne los requisitos mínimos establecidos para poder conceder la petición y que el traslado es contrario a los intereses generales de los 'santclimenters', ya que dejarían sin atención al núcleo, donde la sanidad pública tiene abierto un consultorio médico.
El recurso de alzada interpuesto por el afectado fue rechazado por el Ejecutivo balear, ante lo cual decidió emprender la vía contenciosa.
El farmacéutico alegó que la resolución del Govern incide en "error manifiesto" al no aceptar el descenso de población causado por la apertura de la apoteca del Aeropuerto de Menorca en 2006. Señaló también que la resolución impugnada incurre en un"craso error"al no considerar que el aeropuerto se encuentra incluido en el núcleo poblacional de SantCliment. Por último, argumentó que existen vías legales para suplir ese traslado, como sería sacar la plaza a concurso, o poner un servicio de farmaciola, que es un servicio de farmacia dependiente de otra ya abierta y regulada.
En la sentencia que se acaba de conocer ahora, el TSJB parte de la constatación de dos hechos "incuestionables". Uno, que en la solicitud presentada en enero de 1995 por el afectado para abrir la farmacia, éste identificaba como núcleo poblacional el de SantCliment, y las urbanizaciones cercanas de Binixica, Canutells, Binidalí y Son Vitamina. En todo ese territorio no había ningún botiquín de farmacia, mientras que en SantCliment sí había un centro sanitario perteneciente a la red pública balear. La parte cifraba el número de habitantes de ese núcleo en 2.375, incluyendo Sant Climent, Binixica, Binidalí y Canutells, pero en ningún caso la población del aeropuerto.
En segundo lugar, la Sala recuerda que no existe otra farmacia en ese núcleo de población, pese a que en 2006 se autorizó la apertura de una apoteca en el Aeropuerto de Menorca.
Población
El tribunal determina, en base a ello, que si en 2006 se permitió abrir una farmacia en las instalaciones aeroportuarias, ello no ha de servir para que tal apertura signifique automáticamente la disminución de la población que en su día la Administración tuvo en cuenta para autorizar la farmacia de Sant Climent.
Para el Tribunal Superior, no concurre ninguna de las circunstancias previstas en la Ley para dar luz verde a los deseos del farmacéutico; esto es, "ni existe una nueva apertura de farmacia en ese núcleo de Sant Climent y urbanizaciones adyacentes, ni se ha probado la diminución de población que en su día se tuvo en cuenta en ese núcleo".
Y sentencia que "el hecho de que se autorizara en 2006 una farmacia en el Aeropuerto que se encuentra próximo a ese núcleo de población no significa que esa farmacia compute como farmacia abierta para ese núcleo de Sant Climenty las urbanizaciones de Binixica, Binidalí, Es Canutells y Son Vitamina".
Sin atención
Recuerda la Sala que la farmacia del aeródromo menorquín se abrió conforme a una de las disposiciones de la Ley 7/1998 que permite la apertura de una oficina de farmacia en el Campus de la Universitat de les Illes Balears y en los aeropuertos de Eivissa y Menorca sin sujeción a distancias mínimas y módulos de habitantes.
La farmacia del Aeropuerto de Menorca no puede por lo tanto contar como farmacia abierta en el núcleo de Sant Climent y urbanizaciones adyacentes, como tampoco procede, según el Tribunal, considerar que esa oficina satisface la atención y abastecimiento farmacéutico de ese núcleo poblacional. Y concluye el tribunal que "autorizar ahora la Administración una nueva oficina de farmacia en un procedimiento administrativo para ese concreto núcleo, supondría dejar falta de asistencia farmacológica durante todo ese tiempo a esa población".