Buena parte de los mariscadores del puerto de Maó expresan su preocupación y denuncian la "inseguridad jurídica" en la que se encuentran por la falta de respuesta y el "silencio" de Autoridad Portuaria de Balears (APB) a sus demandas. La ley de puertos establece dos mecanismos para ocupar un espacio de dominio público marítimo-terrestre; a través de concesión o bien mediante una autorización ocupación temporal (AOT). Autoridad Portuaria obliga desde hace unos años a los mariscadores que disponen de viveros junto a las aguas a firmar una nueva ocupación temporal por tres años renovable por otro más de forma sucesiva o en su caso a iniciar los trámites para obtener una concesión mediante concurso.
El problema es que muchos de estos mariscadores ya disponen de una concesión desde hace años, traspasadas de padres a hijos y las nuevas autorizaciones de ocupación temporal, aseguran, les crea inseguridad jurídica porque un permiso con ese escaso plazo de tiempo no tiene sentido en este tipo de oficios. Afirman que para vender el producto que cultivan hay que esperar en algunos casos hasta dos años, además tampoco se arriesgan a realizar inversiones en los viveros o mejilloneras ante el temor de peder la autorización de la OT que disfrutan momentáneamente. "El Consell nos renueva los permisos de explotación por diez años, sin embargo Autoridad Portuaria después de agotar la OT de tres años nos prorroga la autorización de ocupación temporal por uno. No tiene sentido, deberían ponerse de acuerdo y darnos ambos esos diez años, aunque en realidad lo deberían dar es una concesión y no una OT", comenta Paco González, quien explota tres de las 14 mejilloneras que hoy día existen en el puerto de Maó. Él agotó los tres años que le concedía una autorización de OT, y aunque solicitó la prórroga hace ya medio año, no ha obtenido respuesta de APB. "Yo continúo mi trabajo. Nadie me dice nada, pero lo que yo quiero es una concesión", añade.
Algunos mariscadores proponen la posibilidad de obtener del ente gestor del puerto de Maó autorizaciones o concesiones demaniales, es decir, ligadas directamente o ajustadas al tiempo que precisa la explotación económica de su actividad. También hay que tener en cuenta que la nueva Ley de Costas modifica el plazo máximo de duración de las concesiones que pasa a ser de 30 a 75 años, y se permite la transmisión en caso de fallecimiento del titular, así como una prórroga extraordinaria para las concesiones existentes, otorgadas al amparo de la normativa anterior.