El PP ha presentado enmiendas al proyecto de ley del suelo para que la amnistía a las viviendas ilegales en suelo rústico se extienda además aquellas viviendas que se han construido a partir de una licencia obtenida para construir un almacén agrícola o para levantar una caseta de aperos.
El texto inicial del proyecto de ley se refería en exclusiva a las viviendas en suelo rústico construidas o ampliadas de manera ilegal, pero no aclaraba qué debía hacerse cuando las casas se levantaban a partir de un almacén.
La enmienda supone una ampliación 'de facto' de la amnistía al urbanismo ilegal, aunque para que lo consigan se les exigen las mismas condiciones que a las viviendas, es decir, deberán pagar una multa si quieren lograr la legalización.
Uso prohibido
La enmienda de los populares señala que, cuando la edificación que se pretende legalizar tenga un «uso prohibido», es decir, se use como licencia en lugar de como almacén, la prescripción del delito urbanístico comenzará a contar «en el momento en que se acredite su implantación».
La enmienda añade que esta regla «se aplicará a los casos de edificaciones que hayan sido objeto del cambio de uso con posterioridad a su construcción».
30.000 viviendas
La enmienda del Partido Popular modifica la disposición transitoria décima, que es la que regula la legalización de las viviendas construidas de manera irregular y que puede afectar a unos 30.000 edificios en todas las Islas, según las propias estimaciones del Govern.
La modificación presentada por el PP se ha hecho a raíz de peticiones formuladas por los alcaldes populares, que observaron que el redactado inicial de la ley no incluía esta posibilidad. En el PP aseguran que se trata de regular y poner orden de una vez por todas en una realidad que existe en el suelo rústico de las Islas.
El PP ha presentado además otras enmiendas al proyecto de ley del suelo, pero todas ellas son de carácter técnico y están pensadas para resolver algunas dudas que podía plantear el texto. Una de las más importantes es la que afecta a las cesiones urbanísticas que tendrán que hacer los promotores.
Entre el 5 y el 20
Las enmiendas aclaran que los promotores deberán ceder a los ayuntamientos el 15 por ciento de la edificabilidad media de las actuaciones.
De forma justificada, la ley permite rebajar este porcentaje hasta el 5 por ciento, en algunos casos, pero también permite a los ayuntamientos elevar este porcentaje hasta el 20 por ciento en el caso de en el que el valor de las parcelas resulte «considerablemente superior».