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Fomento da diez meses a las compañías para que dejen de reclamar el certificado

Establece hasta noviembre el plazo de «adaptación» para que implanten el sistema informático SARA, que debe permitir a los menorquines beneficiarse del descuento mostrando solo el DNI

La adquisición del certificado de residencia para volar tiene fecha de caducidad. Solo lo necesitarán aquellos residentes que vuelen por primera vez o cuyos datos de viajero no coincidan con los del DNI | Josep Bagur Gomila

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Los menorquines tendrán que esperar hasta el mes de noviembre para olvidarse del certificado de residente. El Ministerio de Fomento ha concedido otros diez meses de plazo a las compañías aéreas para que terminen de implantar el sistema informático SARA, que permite la validación de la residencia sin necesidad de que el viajero que quiera beneficiarse del descuento del 50 por ciento en los billetes muestre el documento que acredita su lugar de residencia.

Así figura en el primer Real Decreto Ley aprobado por el Consejo de Ministros en 2014, en el que no se establece de forma explícita una fecha en la que no sea necesario volar con el certificado de residencia, una exigencia que está en vigor desde septiembre de 2012 y que ha llevado a más de 30.000 menorquines a sacarse el certificado.

Entonces, el Gobierno arguyó como principal motivo para el cambio la lucha contra el fraude, que atribuía a los usuarios y que, aseguraba, alcanzaba el seis por ciento de los billetes subvencionados. Poco después, no obstante, decidió realizar en Canarias una prueba piloto de implantación del sistema informático que comprueba automáticamente la residencia del viajero.

A día de hoy la mayoría de compañías que operan con la Isla ya han incorporado ese sistema y se calcula que alrededor de tres de cada cuatro viajeros menorquines ya no requieren del certificado de residencia para volar con la bonificación del 50 por ciento en los billetes. El Gobierno exige ahora que las compañías aéreas y marítimas, así como las agencias de viajes, adopten el sistema de forma obligatoria antes del mes de noviembre. El Real Decreto introduce otras novedades como la posibilidad de presentar el pasaporte como documento acreditativo.

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